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JpD cree que la Iglesia "llama a cometer un delito" y la APM aclara que un juez puede recurrir al TC

La asociación Jueces para la Democracia cree que, pese al llamamiento de la Conferencia Episcopal, los magistrados no dejarán de celebrar matrimonios homosexuales. Para este colectivo progresista, la postura de la Iglesia "al llamarnos a objetar, nos llama a cometer un delito, el de discriminación". Desde la Asociación Profesional de la Magistratura se ha recordado que un juez puede recurrir al Constitucional si considera que la norma es contraria a la Carta Magna. Si no hay recurso, deberá aplicarla. 

L D (EFE) El portavoz de la asociación JpD, Edmundo Rodríguez, hizo hincapié en que "nuestra función es tutelar los derechos de las personas". Respondía así al comunicado difundido este viernes por la Conferencia Episcopal en el que afirmaba que los católicos no pueden votar a favor de la ley del matrimonio homosexual, proyecto normativo que tachan de injusto y con el que se trata de corromper la institución del matrimonio.

"Estamos seguros de que los jueces no tienen derecho a objetar el cumplimiento de la Ley, sino que tiene la obligación constitucional de cumplirla y hacerla cumplir", añadió Rodríguez. Además, indicó que están convencidos de que "es una discriminación aplicar una ley del matrimonio para unas personas y no para otras por razón de su orientación sexual".
 
El portavoz de la asociación Francisco de Vitoria, Manuel Torres Vela, declaró que para los jueces "no es viable alegar objeción de conciencia" para negarse a celebrar matrimonios homosexuales, ya que, según dijo, "tenemos la obligación de aplicar las leyes que emanan del Parlamento, nos gusten o no".

A su juicio, "el negarse supondría incurrir en responsabilidad criminal, concretamente en un delito de prevaricación", por lo que "no es viable para los jueces y magistrados la postura que mantiene la Conferencia Episcopal". Además, señaló que tampoco es factible plantear una cuestión de inconstitucionalidad, ya que "este tema se refiere a cuando un juez aplica una Ley en sentencia y en este caso no se dicta sentencia, sino que se aplica una Ley y el celebrar un matrimonio no es una resolución judicial".

Una postura contraria es la que mantiene la Asociación Profesional de la Magistratura. Su portavoz, José Manuel Suárez Robledano, considera que "los jueces tienen la obligación inexcusable de aplicar las leyes, estén o no de acuerdo con ellas", aunque sí pueden plantear un recurso ante el Tribunal Constitucional si creen que una norma vulnera la Constitución.

En declaraciones a Efe Televisión, el portavoz de la APM aseguró que "esta norma es inconstitucional" e hizo hincapié en que "le corresponde al Parlamento español y, por tanto, al pueblo decidir lo que son las Leyes".

Según dijo, "la única posibilidad de no aplicar esta Ley" sería que un juez considere que es contraria a la Carta Magna y plantee al TC la cuestión, lo que "paralizaría el expediente hasta que el Tribunal Constitucional decida y lo que acuerde es lo que hay que aplicar". De no existir ese recurso, "los jueces tienen que aplicar la Ley obligatoriamente" y en caso de no aplicarla "habría responsabilidad disciplinaria".

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