L D (Europa Press) La Audiencia rechaza en un auto el recurso presentado por la Fiscalía, que argumentaba que ese régimen suponía un tercer grado "encubierto" para Vera, condenado a siete años de cárcel, que no merecía por no haber devuelto los 3,6 millones de euros de fondos reservados del Ministerio del Interior de los que se apropió. El tribunal dice que "en modo alguno puede equipararse" el régimen de Vera con el tercer grado penitenciario, ya que el interno puede salir seis horas de lunes a jueves de la cárcel, aunque tiene que estar en prisión a las 21.00 horas y tiene prohibido salir de su domicilio salvo con autorización previa y con seguimiento policial. Es decir, que no goza de las salidas de fin de semana ni de los permisos previstos para el tercer grado, ni tampoco puede acceder a la libertad provisional, además de tener unos controles más rígidos.
Por ello, la Audiencia entiende que no son exigibles a Vera, que entró en la cárcel el pasado 16 de febrero, los requisitos para la clasificación en tercer grado, y "mucho menos" el haber devuelto el dinero que malversó, sobre todo teniendo en cuenta que con el decomiso por el Estado de sus fincas posiblemente se cubran esas responsabilidades pecuniarias. El tribunal recuerda además que ya adelantó que había condiciones muy positivas en Vera que no excluyen una rápida progresión al tercer grado, aunque, según establecieron por auto del pasado mes de julio, fuese más apropiada su inicial clasificación en segundo grado.
El juez alegó dos motivos: el aislamiento en que se encuentra Vera en la cárcel por razones de seguridad, lo que le supone una "especial penosidad" y no poder acogerse al régimen general; y su estado de salud, y que tiene un "trastorno adaptativo" y "una depresión emergente que afecta a su comportamiento emocional". El objetivo de las salidas diarias de 6 horas era, según añadía el Juzgado, detener el progresivo deterioro físico y psíquico del interno; poder ayudar a su esposa a recuperarse; la atención por Vera de otros miembros de familia especialmente necesitados; facilitarle que pueda ejercer su paternidad responsable con su hija; y mantener los vínculos con la sociedad y la familia.