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SUBVENCIONES ILEGALES, según el TSJPV

L D (EFE) El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) anuló las subvenciones establecidas por el Gobierno Vasco para financiar las visitas de familiares a presos etarras internos en cárceles fuera del País Vasco. El pasado mes de abril, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV, estimó un recurso interpuesto el 31 de octubre de 2003 por el que la Abogacía del Estado impugnó dichas ayudas por "incompetencia" de la Comunidad, al considerar que "invadía competencias en materia penitenciaria". La Abogacía del Estado aclara que si bien esta materia corresponde al País Vasco "en virtud del artículo 10.14 del Estatuto de Autonomía" su ejercicio corresponde provisionalmente al Estado "por falta de la necesaria transferencia".
 
Según el fallo, si el departamento que dirigía Joseba Azkarraga quería ejercer la competencia de asistencia social, debería haber aprobado un decreto del Gobierno Vasco y no una "mera" Orden de una Consejería. La sentencia alegó "ausencia de un interés público" en la asignación de recursos públicos a los desplazamientos para visitas a presos, así como "quebranto del principio de igualdad". Por último, consideró que la orden vulneraba la normativa legal vasca en materia de subvenciones. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido anular la orden al estimar que "invade competencias en materia penitenciaria que provisionalmente corresponden al Estado, hasta que se produzca la necesaria transferencia" y porque, "en cualquier caso, el ejercicio de dicha competencia se limitaría necesariamente al ámbito territorial del País Vasco".
 
La sentencia rechaza también que se pueda admitir su legalidad "como ejercicio de la competencia en materia de asistencia social" ya que la Orden se dictó "invocando expresamente el título competencial en material de instituciones penitenciarias", y porque "en caso de haberse dictado en ejercicio de la competencia en materia de asistencia social debió revestir la forma de decreto del Gobierno Vasco y no de mera Orden de un Departamento".

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