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La Audiencia Nacional absuelve a la etarra Julia Moreno por el "absoluto vacío de elementos incriminatorios de cargo"

La etarra Julia Moreno Macuso, alias "Bombi", ha sido absuelta por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional de los delitos de pertenencia a ETA y tenencia de armas y explosivos por el que era acusada por el fiscal, que pedía para ella 32 años de prisión. El tribunal denuncia en la sentencia el "absoluto vacío de elementos incriminatorios de cargo" para condenar a la acusada.

La etarra Julia Moreno Macuso, alias "Bombi", ha sido absuelta por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional de los delitos de pertenencia a ETA y tenencia de armas y explosivos por el que era acusada por el fiscal, que pedía para ella 32 años de prisión. El tribunal denuncia en la sentencia el "absoluto vacío de elementos incriminatorios de cargo" para condenar a la acusada.
L D (Europa Press) La Sala considera no probado que Julia Moreno Macuso viviera en la fecha de los hechos (abril de 1997) en el piso de ETA en la calle Polivea de Madrid y, por tanto, que "ostentara absoluta disponibilidad y control sobre las armas y explosivos en su interior". Sí estima como probado que el 12 de abril del 97 se registró una explosión en dicha vivienda, que regentaba el "comando Madrid" de ETA. En el interior de la misma se intervinieron 81 bolsas de plástico negro, cada una con un kilo de amonal en su interior; tres subfusiles, dos fusiles de asalto, una escopeta, un revólver, así como diverso material explosivo. Igualmente, se encontró numerosa documentación de personas pertenecientes al mundo empresarial, político y de la carrera judicial.
 
La sentencia señala que tras la inspección ocular de la vivienda se encontraron 85 huellas digitales, de las que 6 fueron identificadas como pertenecientes a la acusada. Las huellas estaban asentadas sobre un papel, un separador de cartón de un bloc, un portafolio de plástico transparente, un vaso de cristal duralex, un azulejo del baño y en una bolsa de plástico de un comercio.
 
La procesada negó en su declaración en el juicio por estos hechos que residiera en 1997 en el piso de la calle Polivea y menos que perteneciera por entonces al "comando Madrid". Sin embargo, reconoció que llegó a la capital a finales de 1996 para hacer labores de información y que se alojó en un piso de la calle General Alvarez de Castro. Así, reconoció que acudió un día de febrero al piso de la calle Polivea a entregar documentación y dinero en una bolsa de plástico a una persona que no quiso identificar. En el encuentro consumió un refresco, hizo uso del baño, pero negó haber tenido acceso al resto de habitaciones del piso y de la disposición de las armas y explosivos que allí existían.
 
Los testigos y peritos que declararon en la vista no aportaron, según el tribunal, elementos que permitan afirmar que la procesada tuviera además de conocimiento del arsenal de armas y explosivos hallados y su disposición, por lo que ni siquiera puede ser cooperadora necesaria de los delitos de depósito de armas y tenencia de explosivos. Por ello, el tribunal considera el sumario contra Moreno "absolutamente vacío de elementos incriminatorios de cargo" que les permita alcanzar la plena e íntima convicción para formular el consiguiente "reproche penal y declarar la responsabilidad de la procesada".

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