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El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la tramitación en el Congreso del Estatuto

El pleno del Tribunal Constitucional, ha rechazado por siete votos frente a cinco, el recurso presentado por el Partido Popular contra la tramitación en el Congreso de los Diputados del Estatuto de Cataluña, informaron fuentes del Alto Tribunal. Ya se ha anunciado la presentación de cinco votos particulares. El PP presentó el recurso el 2 de noviembre del año pasado al entender que tramitar la reforma del Estatuto catalán como una mera modificación estatutaria suponía un "fraude constitucional". Este lunes se aprobó el Título que define y blinda las competencias exclusivas de la Generalidad y las compartidas con el Estado.

El pleno del Tribunal Constitucional, ha rechazado por siete votos frente a cinco, el recurso presentado por el Partido Popular contra la tramitación en el Congreso de los Diputados del Estatuto de Cataluña, informaron fuentes del Alto Tribunal. Ya se ha anunciado la presentación de cinco votos particulares. El PP presentó el recurso el 2 de noviembre del año pasado al entender que tramitar la reforma del Estatuto catalán como una mera modificación estatutaria suponía un "fraude constitucional". Este lunes se aprobó el Título que define y blinda las competencias exclusivas de la Generalidad y las compartidas con el Estado.

L D (Agencias) La desestimación del recurso, fue adoptada con los votos de la presidenta del Tribunal Constitucional, Maria Emilia Casas y los magistrados Vicente Conde, Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay, Pascual Sala, Manuel Aragón y Pablo Pérez Tremps.  A favor de la admisión del recurso de amparo presentado por el PP se encontraban los magistrados Guillermo Jiménez, Javier Delgado Barrio, Roberto García Calvo, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez Arribas.  Estos cinco magistrados formularán un voto particular discrepante con el auto en el que se rechaza el recurso del PP. Los argumentos que contiene la resolución del Alto Tribunal se darán a conocer en los próximos días ya que esta noche sólo se hizo público el fallo.

El pasado mes de febrero el Pleno del Alto Tribunal acordó dar traslado por un plazo de diez días al fiscal y al abogado del Partido Popular para que alegaran sobre una posible carencia de contenido constitucional de la demanda interpuesta ya que la mayoría de los magistrados se inclinaban por esta posibilidad. El tribunal dictó esta providencia en aplicación del artículo 50 de la Ley que regula su funcionamiento, que establece que cuando no hay unanimidad para inadmitir a trámite un recurso de amparo deberá solicitarse antes informe al fiscal y a las partes para alegaciones.
 
El Grupo Popular del Congreso presentó el recurso de amparo el pasado 2 de noviembre. Solicitó que el asunto fuese resuelto por el Pleno del alto tribunal, lo que fue aceptado por el mismo, y además recusó al magistrado Pérez Tremps, incidente que fue rechazado por el Constitucional tras estudiar las alegaciones del PP. El recurso del PP sostenía que la decisión del Congreso de tramitar como reforma estatutaria el proyecto procedente del Parlamento catalán vulneraba el artículo 23.2 de la Constitución, que garantiza "el derecho a acceder en condiciones de igualdad a los cargos y funciones públicas, con los requisitos que señalen las leyes".

El Grupo Parlamentario Popular solicitó que se reconociera este derecho fundamental de sus diputados que, en su opinión, no fue respetado y fue violado por los acuerdos de la Mesa, y que se procediera a "anular dichos acuerdos y ordenar la tramitación como propuesta de reforma de la Constitución la denominada propuesta de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña".

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