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Gobierno, sindicatos y patronal apañan una reforma laboral cuya medida estrella caduca a finales de 2007

Después de catorce meses de negociación, el Gobierno ha conseguido su anunciada reforma laboral. La máxima aspiración es reducir la temporalidad, pero la medida estrella, la ampliación del uso del contrato de fomento del empleo estable (con una indemnización por despido de 33 días por año trabajado), sólo afectará a los contratos temporales firmados antes de 2007. También hay medidas para limitar el encadenamiento de contratos temporales y reducción de las cotizaciones empresariales.

Después de catorce meses de negociación, el Gobierno ha conseguido su anunciada reforma laboral. La máxima aspiración es reducir la temporalidad, pero la medida estrella, la ampliación del uso del contrato de fomento del empleo estable (con una indemnización por despido de 33 días por año trabajado), sólo afectará a los contratos temporales firmados antes de 2007. También hay medidas para limitar el encadenamiento de contratos temporales y reducción de las cotizaciones empresariales.
LD (Europa Press) El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales, que se aprobará mediante decreto-ley para su entrada en vigor el 1 de julio de este año, incluye medidas para frenar el fraude en la contratación temporal, una de las máximas aspiraciones sindicales en esta negociación. Así, adquirirán la condición de fijos los trabajadores que en un plazo de 30 meses hayan ocupado el mismo puesto de trabajo durante dos años a través de dos o más contratos temporales. Quedan excluidos de esta medida los contratos de relevo, los formativos y los de interinidad.
 
Con el fin de estimular la contratación indefinida, se abrirá un nuevo periodo para que los contratos temporales que se conviertan en fijos puedan hacerlo al contrato de fomento del empleo estable, cuya indemnización por despido improcedente es de 33 días por año de servicio frente a los 45 días de los indefinidos ordinarios, contrato éste último que "no se toca" en esta reforma.
 
La posibilidad de que las conversiones de temporales a fijos se realicen al llamado contrato de 33 días no existe actualmente, pues desde diciembre de 2003 los contratos temporales que las empresas convierten en indefinidos se canalizan a través de contratos fijos ordinarios. Con la nueva reforma, se permitirá que los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2007 puedan convertirse a contratos indefinidos de 33 días. Después de esa fecha, las conversiones volverán a efectuarse a través de contratos de 45 días.
 
Estímulos al empleo indefinido inicial
 
La reforma establecerá también un programa de estímulos al empleo indefinido inicial, que incluirá a los jóvenes varones de 16 a 30 años entre los colectivos que podrán beneficiarse de estas bonificaciones. Éstas, además, tendrán una duración de cuatro años, frente a los dos actuales, y sus cuantías oscilarán entre los 500 y los 3.200 euros al año, dependiendo del colectivo al que vaya dirigido el contrato.
 
La cantidad más baja corresponderá a las conversiones de contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, con una bonificación de 500 euros al año. Las bonificaciones más altas, de 3.000 y 3.200 euros, se dirigirán a las personas con discapacidad y en este supuesto se mantendrán durante toda la vigencia del contrato fijo.
 
Entre medias, se encuentran los parados de larga duración (bonificación 600 euros de cuatro años de duración), los jóvenes de 16 a 30 años (800 euros y cuatro años de duración), las mujeres –incluidas las víctimas de la violencia de género– (850 euros y cuatro años de duración), y los mayores de 45 años y las mujeres contratadas en los dos años siguientes al parto, que gozarán de una bonificación de 1.200 euros en ambos casos, aunque en el primero se mantendrá durante toda la vigencia del contrato y en el segundo durará cuatro años.
 
Sin embargo, dentro del plan de choque contra la temporalidad anunciado hace unos días por el ministro de Trabajo, Jesús Caldera, la reforma incluye la eliminación de las bonificaciones a la conversión de contratos temporales a indefinidos, aunque no de forma inmediata. Así, los contratos temporales suscritos con anterioridad al 1 de junio de 2006 que se transformen en indefinidos estarán bonificados, siempre que la conversión se efectúe antes del 1 de enero de 2007. En este caso, las ayudas durarán tres años y su cuantía será de 800 euros al año. También será de aplicación a la conversión de contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación.
 
Menos cotizaciones al desempleo y más dinero para el FOGASA
 
Asimismo, el texto contempla una reducción de cotizaciones al desempleo en los contratos fijos, del 0,25 por ciento hasta 2008 y otro cuarto de punto adicional desde ese año. En las cotizaciones al Fogasa, las cuotas empresariales se rebajarán del 0,4 por ciento actual al 0,2 por ciento. Además, las cotizaciones empresariales por desempleo de los contratos temporales a tiempo completo celebrados por las empresas de trabajo temporal se igualarán a las del resto de temporales, pasando del actual 7,7 por ciento al 6,7 por ciento a partir del 1 de julio de 2006.
 
El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) también verá mejoradas sus prestaciones e indemnizaciones con la reforma, así como el sistema de protección por desempleo, que a partir de la entrada en vigor de la norma extenderá el subsidio por paro de seis meses de duración para los mayores de 45 años sin cargas familiares que hayan agotado su prestación contributiva.

Este acuerdo, que llega tras catorce meses de negociación, será suscrito, previsiblemente, el próximo 9 de mayo en el Palacio de La Moncloa por el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y los máximos dirigentes de los sindicatos CCOO y UGT y de las patronales CEOE y CEPYME.

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