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El Gobierno y Gas Natural recurren ante el Supremo la suspensión cautelar de la OPA lanzada sobre Endesa

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, ha recurrido en súplica el auto de medidas cautelares por el que el Tribunal Supremo paralizó la tramitación de la OPA de Gas Natural sobre Endesa autorizada por el Consejo de Ministros. Gas Natural también ha presentado un recurso de súplica. En ambos casos se argumenta que la autorización del Gobierno no implicaba un riesgo inminente. La gasista considera que el auto del Tribunal es inconsistente. No obstante, no se espera que el Supremo cambie de opinión.

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, ha recurrido en súplica el auto de medidas cautelares por el que el Tribunal Supremo paralizó la tramitación de la OPA de Gas Natural sobre Endesa autorizada por el Consejo de Ministros. Gas Natural también ha presentado un recurso de súplica. En ambos casos se argumenta que la autorización del Gobierno no implicaba un riesgo inminente. La gasista considera que el auto del Tribunal es inconsistente. No obstante, no se espera que el Supremo cambie de opinión.
LD (EFE) El Gobierno, a través del abogado del Estado, ha interpuesto un recurso de súplica contra el auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que suspendió de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autorizó con condiciones la OPA de Gas Natural sobre Endesa.

Según el recurso, al que tuvo acceso EFE, la decisión del Gobierno de autorizar la OPA no perjudica a la competencia, porque los efectos restrictivos de la operación quedan compensados por las veinte condiciones que fijó el Consejo de Ministros.

El abogado del Estado asegura que los eventuales efectos en la competencia no serían irreversibles, a diferencia de lo que afirma el auto, y recuerda que no es la primera vez que un Gobierno toma una decisión en contra del criterio del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). El recurso subraya, además, que el auto de la Sala Tercera "infringe la consolidada jurisprudencia cautelar sobre operaciones de concentración similares".
 
El abogado del Estado entiende que no existe un "perjuicio real" derivado de la autorización de la OPA y subraya que los eventuales efectos restrictivos en la competencia "pueden ser compensados" mediante la aplicación de las condiciones fijadas por el Consejo de Ministros. El recurso niega que esas condiciones sean menos exigentes que las planteadas en los votos particulares del TDC y subraya que esa afirmación, contenida en el auto de la Sala Tercera, "no se completa con razonamiento alguno".
 
Además, el abogado del Estado recuerda que éste no es el primer caso en que el Gobierno se aparta del dictamen del TDC. Según el recurso, el Ejecutivo se ha apartado de la opinión del TDC en un 60 por ciento de las operaciones en las que recibió un informe desfavorable. En concreto, se cita la compra del 82,21 por ciento de Cruzcampo por Heineken, la adquisición del cien por cien de European Vinyls Corporation Ibérica por Solvay Ibérica, la fusión entre la Compañía de Distribución Logista y Marco Ibérica Distribución de Ediciones, y la compra por Mahou del 69 por ciento de San Miguel. En estas cuatro ocasiones, el TDC recomendó no autorizar las operaciones, pero el Consejo de Ministros optó por autorizarlas con condiciones.
 
El recurso del Gobierno asegura que los pretendidos efectos negativos invocados en el auto "no serán inmediatos", ya que la OPA está suspendida cautelarmente por orden del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, y "no serían irreversibles", porque "es perfectamente posible volver al marco de competencia anterior". Según el recurso, el auto del Supremo no ha tenido en cuenta que "los únicos intereses dignos de tutela cautelar en las operaciones de concentración son los que corresponden a los accionistas, propietarios de Endesa y al interés público en el mantenimiento de la competencia". Además, el abogado del Estado subraya que la tutela cautelar "no protege expectativas o hipótesis de perjuicios" y tampoco a los administradores de Endesa, "que tienen la obligación legal de abstenerse de interferir en la OPA".
 
El Supremo verá este viernes los recursos planteados
 
El Tribunal Supremo verá este viernes los recursos planteados y abrirá un plazo de cinco días para que cada parte presente sus alegaciones. Los recursos serán resueltos por la propia Sala Tercera (probablemente por el Pleno), por lo que no se espera que cambie su decisión inicial.
 
El pasado 21 de abril, la Sala Tercera del Supremo anunció su decisión de suspender cautelarmente el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó la OPA de Gas Natural, aunque el auto no se hizo público hasta el 10 de mayo. Según el auto, que estableció una fianza de mil millones de euros, la Sala Tercera optó por la suspensión al considerar que la continuidad de la opa podría causar daños "substanciales e irreversibles" en la competencia. El Tribunal Supremo debe pronunciarse aún sobre el fondo del recurso planteado por Endesa.

La OPA también está paralizada de forma cautelar por orden del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, que investiga un presunto pacto colusorio (concertación previa) entre Gas Natural e Iberdrola. Las dos empresas han recurrido esta decisión, al igual que Endesa, que reclama una rebaja del aval de mil millones exigido por el juzgado.

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