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Condenan a 50 años de cárcel a los etarras "Txapote" y "Amaia" por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 50 años de cárcel al etarra Javier García Gaztelu "Txapote" y a la misma pena a su compañera terrorista Irantzu Gallastegui "Amaia" por el secuestro y posterior asesinato del concejal del PP de Ermua, Miguel Ángel Blanco, ocurrido el 12 de julio de 1997. Ambos terroristas han salido absueltos por falta de pruebas del asesinato de José Luis Caso, concejal del PP de Rentería. Durante el juicio, el etarra "Txapote" desafió a la Audiencia, se negó a declarar por el asesinato de Caso, profirió insultos a los magistrados y, según el fiscal, mantuvo una actitud "desafiante y chulesca".

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 50 años de cárcel al etarra Javier García Gaztelu "Txapote" y a la misma pena a su compañera terrorista Irantzu Gallastegui "Amaia" por el secuestro y posterior asesinato del concejal del PP de Ermua, Miguel Ángel Blanco, ocurrido el 12 de julio de 1997. Ambos terroristas han salido absueltos por falta de pruebas del asesinato de José Luis Caso, concejal del PP de Rentería. Durante el juicio, el etarra "Txapote" desafió a la Audiencia, se negó a declarar por el asesinato de Caso, profirió insultos a los magistrados y, según el fiscal, mantuvo una actitud "desafiante y chulesca".
L D (Agencias) La Audiencia Nacional ha condenado a 50 años de cárcel al ex dirigente etarra Francisco Javier García Gaztelu "Txapote" y a su compañera Irantzu Gallastegui "Amaia" como autores del secuestro y posterior asesinato del concejal del PP en Ermua Miguel Angel Blanco, el 12 de julio de 1997. La sentencia, que es la primera que se dicta en España contra "Txapote", quien fue juzgado la semana pasada, prohíbe también a los terroristas acercarse a la localidad de Ermua durante cinco años. Según informaron fuentes jurídicas, el tribunal ha prohibido también en su sentencia a la pareja de etarras acercarse a la localidad vizcaína de Ermua durante cinco años a partir de su excarcelación.
 
Además, la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto este viernes por falta de pruebas al ex dirigente etarra Francisco Javier García Gaztelu, alias "Txapote", y a su compañera sentimental y también integrante de la banda, Irantxu Gallastegui Sodupe, alias "Amaia", del asesinato en diciembre de 1997 del concejal del PP de Rentería (Guipúzcoa), José Luis Caso. El teniente fiscal de la Audiencia, Jesús Santos, solicitaba para cada uno de ellos una condena de 30 años por un delito de asesinato terrorista.
 
En una sentencia hecha pública este viernes, el tribunal estima que "no puede considerar responsables" a los dos miembros de ETA del delito del que les acusa la Fiscalía "con la seguridad y certeza judicial que semejantes pronunciamientos requieren", debido a la "inexistencia de pruebas de cargo capaces de sustentar la condena" que solicitaba. Según el tribunal, no ha quedado demostrado que en el asesinato participasen los dos acusados, "habiéndose acreditado únicamente que el disparo fue efectuado por un individuo varón que vestía un chubasquero de color verde y un gorro de lluvia de color oscuro". En este juicio, subraya, los indicios incriminatorios contra los acusados "brillan por su ausencia".
 
La vista oral por el asesinato de José Luis Caso, celebrado los pasados días 13 y 14, fue la primera que se celebró en España contra "Txapote", y también es la primera sentencia que se dicta respecto a él junto con la condena, también hecha pública hoy, a 50 años de cárcel por el asesinato del concejal del PP de Ermua (Vizcaya) Miguel Ángel Blanco. En el juicio, los dos procesados se mostraron desafiantes con el tribunal, llegando incluso a ser expulsados del recinto habilitado para los acusados en la sala de juicios.
 
Argumentos del tribunal para la absolución por el asesinato de Caso
 
El tribunal sí considera probado que la pistola utilizada para efectuar un disparo contra el edil popular en un bar de Irún (Guipúzcoa) es la misma que después se halló en el domicilio utilizado por el "comando Donosti" en Andoain (Guipúzcoa), aunque entre las huellas que se descubrieron en el piso se encuentran, además de las de "Txapote" y "Amaia", las de otros cinco integrantes del "comando". Estas huellas "acreditan" que los procesados se alojaron en el piso, "pero ninguna de las evidencias ha sido obtenida del revólver" utilizado para atentar contra Caso. 
 
Tampoco considera suficiente para condenarles el argumento utilizado por la Fiscalía de que García Gaztelu y Gallastegui Sodupe integraban el "comando Donosti" cuando éste perpetró el asesinato. Así, el tribunal destaca la "descentralización" de las acciones cometidas por el "comando", y sostiene que "el hecho de integrar un comando de la organización terrorista ETA no implica que todos sus miembros hayan tenido intervención en la totalidad de las actuaciones llevadas a cabo por aquél".
 
También se refiere en la sentencia a las declaraciones del integrante del "comando" Sebastián Lasa Mendiaraz, quien se reunió con su compañero fallecido José Luis Geresta Múgica el día siguiente del asesinato. Éste portaba una pistola y le dijo que "la acción contra Caso había salido bien". De estas afirmaciones podría inferirse la participación de Geresta en la acción, "pero en ningún caso puede concluirse que en ese atentado hubiesen participado los dos acusados", sostiene el tribunal.
 
La presencia de Gallastegui tampoco quedó demostrada, según la sentencia, ya que "los testigos presenciales no vieron a ningún individuo en las inmediaciones del establecimiento a fin de dar cobertura al ejecutor o facilitar su huida". "Tampoco las declaraciones policiales, ni las sumariales, de los testigos presenciales de los hechos aportan nada a la causa", agrega la resolución. "Los elementos de carácter incriminatorio aportados por la acusación pública no se reputan suficientes para articular una condena por el delito de asesinato terrorista del que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal", concluye el tribunal, por lo que las "consideraciones expuestas nos llevan inexorablemente al dictado de una sentencia absolutoria".
 
Así, la sentencia se limita a considerar probado que ETA decidió atentar contra Caso, por lo que en diciembre de 1997 un varón encapuchado se le acercó cuando se encontraba en un bar de Irún y efectuó contra él un disparo, por el que el edil murió. Posteriormente, el agresor amenazó a los presentes en el bar y les conminó a no seguirle, para después darse a la fuga. La autoría del asesinato fue reivindicada por la banda y en mayo de 1999 se encontró en el piso de Andoain múltiples huellas de integrantes de ETA y se incautó el revólver utilizado para asesinar al concejal del PP, además de varios documentos con la letra de Gallastegui. Las dos sentencias hechas públicas este viernes son las primeras que se dictan en España contra "Txapote".

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