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La Audiencia Nacional rechaza la suspensión cautelar de la OPA de Gas Natural que solicitaba Endesa

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la petición de Endesa de que se suspenda de forma cautelar la decisión de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) de autorizar con condiciones la OPA formulada por Gas Natural. La Audiencia Nacional, que aún debe pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, considera que no existe riesgo de perjuicios irreparables para Endesa si no se suspende la autorización, puesto que la OPA ya está paralizada por decisión del Tribunal Supremo y del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la petición de Endesa de que se suspenda de forma cautelar la decisión de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) de autorizar con condiciones la OPA formulada por Gas Natural. La Audiencia Nacional, que aún debe pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, considera que no existe riesgo de perjuicios irreparables para Endesa si no se suspende la autorización, puesto que la OPA ya está paralizada por decisión del Tribunal Supremo y del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid.
L D (EFE) La decisión de la CNE de autorizar la OPA de Gas Natural fue recurrida inicialmente por Endesa ante el Ministerio de Industria, que rechazó el recurso, y después ante la Audiencia Nacional, que desestimó en marzo las medidas cautelarísimas (sin oír a las partes) solicitadas por la eléctrica.

El auto, notificado este jueves, subraya que la suspensión de un acto administrativo es "una medida excepcional", lo que requiere "una ponderación de los intereses en juego". Según la Audiencia Nacional, puesto que se trata de una figura excepcional "debe obedecer a graves y serios motivos relacionados con la realidad objetiva de daños y perjuicios de imposible o difícil reparación".

Teniendo en cuenta que la OPA de Gas Natural ya está paralizada por otras instancias judiciales, la Sala entiende que no existe riesgo de perjuicios irreparables para Endesa. El escrito señala que "no procede adoptar medida cautelar alguna" por "no existir riesgo de pérdida de la finalidad legítima del recurso". La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional puede ser recurrida por Endesa.

La Sala debe resolver aún el recurso presentado por la eléctrica, puesto que el escrito notificado este jueves se refiere sólo a la petición de medidas cautelares. Según fuentes jurídicas, la sentencia sobre el fondo de la cuestión podría tardar al menos un año. El pasado 8 de noviembre, la CNE autorizó con condiciones la OPA formulada por Gas Natural sobre Endesa en cumplimiento de la llamada "función 14", que implica analizar el impacto de la operación en las actividades reguladas del sector energético (transporte y distribución de gas y electricidad).

La decisión de la CNE fue recurrida por Endesa ante el Ministerio de Industria, pero el departamento encabezado por José Montilla rechazó el recurso el pasado 16 de febrero. El 27 de febrero, Endesa interpuso un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra el fallo de Industria y solicitó la adopción de medidas cautelarísimas, que fueron rechazadas el 1 de marzo.

En principio, la OPA de Gas Natural fue suspendida cautelarmente por el juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, que investiga un presunto pacto colusorio (concertación previa) entre Gas Natural e Iberdrola. La decisión ha sido recurrida por las partes ante la Audiencia Provincial de Madrid. Posteriormente, el Tribunal Supremo suspendió de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autorizó la operación. El fallo fue recurrido por Gas Natural, el abogado del Estado e Iberdrola, pero el Supremo rechazó los recursos de súplica.

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