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Txapote suma otros 18 años de condena por el atentado contra una discoteca

La Audiencia Nacional ha condenado al etarra Francisco Javier García Gaztelu, "Txapote", a dieciocho años de cárcel como inductor del atentado perpetrado contra la discoteca "Txitxarro" en la localidad guipuzcoana de Deva, en septiembre de 2000. Los otros dos etarras que se sentaron en el banquillo, y que como Txapote también desafiaron al tribunal, han sido condenados a treinta y un años de prisión.

La Audiencia Nacional ha condenado al etarra Francisco Javier García Gaztelu, "Txapote", a dieciocho años de cárcel como inductor del atentado perpetrado contra la discoteca "Txitxarro" en la localidad guipuzcoana de Deva, en septiembre de 2000. Los otros dos etarras que se sentaron en el banquillo, y que como Txapote también desafiaron al tribunal, han sido condenados a treinta y un años de prisión.
L D (EFE) Esta es la tercera condena que dicta la Audiencia Nacional contra "Txapote", tras condenarle a 82 años por el asesinato del dirigente socialista Fernando Múgica y a 50 años por el del edil del PP en Ermua Miguel Ángel Blanco. En su resolución, el tribunal acuerda también remitir testimonio a la Fiscalía de la comparecencia como testigo del tercer integrante del grupo Totto José Ignacio Guridi Lasa, ya condenado por estos hechos en 2004, por si su conducta en el juicio es constitutiva de un delito de "denegación de auxilio a la administración de justicia".

En la vista, Guridi Lasa "adoptó una postura irrespetuosa y de absoluto desprecio hacia la administración de justicia", ya que incumplió "con su obligación a declarar" y permaneció ante el tribunal arrodillado en el suelo y cabizbajo, mientras los tres policías que le custodiaban le sujetaban por los brazos. Según el relato de hechos probados, en septiembre de 2000, Guridi Lasa "siguiendo las órdenes dadas" decidió junto a Arriguebarrena y Arzalluz "colocar un artefacto explosivo en la discoteca 'Txitxarro'".

Para ello, "Txapote" facilitó a Aguirrebarrena "además de la información necesaria del objetivo, el material explosivo preciso para fabricar los artefactos deflagrantes y así poder consumar la acción". De ahí, que se condene al dirigente etarra como inductor de un delito de estragos terroristas.

La Sala recuerda además que el propietario de la discoteca declaró en el juicio que este atentado fue perpetrado por "venganza", teniendo en cuenta que "un mes antes la banda criminal ETA decidió poner fin a la vida de su hermano (José María Korta), a la sazón presidente de la patronal de la localidad", Adegi. En cumplimiento las órdenes de "Txapote", los miembros del grupo se dirigieron en varias ocasiones a la citada discoteca "para observar sobre el terreno la rutina de sus empleados y determinar la forma de llevar a buen término el proyecto".

Tras las labores de vigilancia, "acordaron ejecutar la acción violenta el 10 de septiembre en 2000", y los tres etarras se desplazaron a un caserío cercano al establecimiento en un vehículo propiedad del padre de Guridi.

El día del atentado, Aguirrebarrena se quedó esperando mientras que Guridi y Arzalluz se fueron hacia el local portando cada uno una pistola y "tapándose la cara con una especie de mascarilla a fin de evitar ser reconocidos". Los dos, que llevaban los artefactos explosivos preparados, y "teniendo pleno conocimiento de los hábitos de los empleados, quienes dejaban abierta la puerta que daba acceso a la terraza exterior" del local, entraron sobre las 9.30 horas en la discoteca "para dirigirse directamente al lugar donde se hallaban los dos empleados, un hombre y una mujer".

Los etarras les amenazaron con sus pistolas y les maniataron con cinta americana y a la mujer le pusieron además unas gafas de sol de Arzalluz. Guridi les pidió después las llaves de su vehículo y avisó a Aguirrebarrena, tal y como habían convenido, con tres silbidos, señal de que todo había salido bien. Después se dirigieron al aparcamiento de la discoteca e introdujeron en el coche a los dos empleados.

Guridi y Arzalluz volvieron a entrar en la discoteca y colocaron un artefacto cada uno: uno en el escenario de una de las plantas y el otro en el interior del hueco de la escalera, para asegurar causar el mayor daño posible en la estructura del edificio". Las bombas contaban con entre 20 y 21 kilos de dinamita "Titadyne" cada una y estaban dispuestas para explotar al unísono transcurrida una hora. Todo ello "con pleno conocimiento del riesgo potencial para la vida e integridad de los hijos de los empleados ya retenidos ilegalmente, quienes acudían con normalidad a prestar ayuda a sus padres", destaca la sentencia.

Tras cerrar con llave la puerta del garaje de la discoteca, Guridi y Arzalluz se montaron en el coche en el que se encontraban retenidos los dos empleados y Aguirrebarrena les siguió a corta distancia con el otro vehículo hasta un pequeño pinar en las inmediaciones de Iciar. Allí, Arzalluz y Guridi ataron a los dos empleados a un árbol con cinta americana y abandonaron el pinar. Sin embargo, al constatar que la mujer llevaba puestas todavía gafas de sol puestas y que éstas contenían las huellas de Arzalluz, volvieron al lugar, las recogieron y se dieron a la fuga.

Los tres etarras ahora condenados deberán indemnizar solidariamente junto con Guriridi Lasa al propietario de la discoteca atacada con 961.462 euros y a los dos empleados detenidos de forma ilegal con 12.000 euros a cada uno.

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