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Conde Pumpido indica ahora al Supremo que no está probada la relación entre ETA-Batasuna y las "herriko tabernas"

El criterio de la Fiscalía ha cambiado de forma radical respecto al registro de las "herriko tabernas" en apenas dos años. Si en enero de 2005 Cándido Conde Pumpido mantenía que dependían de Batasuna-ETA y servían para financiar a la banda, ahora el Fiscal General del Estado dice que "no existen pruebas suficientes" que les vinculen al entorno etarra. El fiscal del Supremo coincide plenamente con su jefe y ha presentado un informe a la Sala del 61 en el que dice que entre Batasuna y las herriko tabernas existe "una afinidad ideológica" pero que no "son la misma cosa". El cambio de criterio del fiscal coincide con el retraso del Supremo en su veredicto sobre el "caso Jarrai". Zapatero ha arropado en el Congreso a Pumpido y Rajoy le ha reprochado que "interpreta la ley según sopla el viento".

El criterio de la Fiscalía ha cambiado de forma radical respecto al registro de las "herriko tabernas" en apenas dos años. Si en enero de 2005 Cándido Conde Pumpido mantenía que dependían de Batasuna-ETA y servían para financiar a la banda, ahora el Fiscal General del Estado dice que "no existen pruebas suficientes" que les vinculen al entorno etarra. El fiscal del Supremo coincide plenamente con su jefe y ha presentado un informe a la Sala del 61 en el que dice que entre Batasuna y las herriko tabernas existe "una afinidad ideológica" pero que no "son la misma cosa". El cambio de criterio del fiscal coincide con el retraso del Supremo en su veredicto sobre el "caso Jarrai". Zapatero ha arropado en el Congreso a Pumpido y Rajoy le ha reprochado que "interpreta la ley según sopla el viento".
L D (Agencias) El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín Casallo, afirma en el informe presentado ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo que "es claro" que entre las herriko tabernas y la ilegalizada Batasuna "existe una afinidad ideológica e, incluso, una identidad de pensamiento con todos y cada uno de los objetivos que han prestado su apoyo a ETA. Pero de ello no puede inferirse la conclusión de que uno y otro son la misma cosa, al menos por el momento". El informe, solicitado por la Sala del 61 al fiscal y a la Abogacía del Estado, tras conocerse las conclusiones a las que llegaron los liquidadores en el trámite de ejecución de la sentencia de ETA-Batasuna, considera "prematuro" adoptar medidas cautelares, como el embargo o la clausura, contra las herriko tabernas.
 
La Fiscalía entiende que no existen de momento "pruebas suficientes que acrediten su efectiva vinculación a los partidos ilegalizados en su día". No obstante, como conclusión, supedita "la decisión que pudiera adoptarse" al estudio del "contenido de los documentos solicitados al Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional", cuyo titular es Baltasar Garzón, quien investiga la relación de las herrikos con Batasuna desde mucho antes que el Supremo. En opinión del número dos de la Fiscalía, los informes de los liquidadores "no pueden ser considerados como instrumentos jurídicamente válidos que eximan de la práctica de la prueba tendente a demostrar la conexión entre la titularidad aparente y la real, pues la propiedad dentro de nuestro ordenamiento jurídico exige la práctica de una prueba plena y formal".
 
Además, agrega que "los propios liquidadores admiten diferentes grados de vinculación, desprendiéndose de todo ello la inexistencia, por el momento, de prueba de actuación conjunta y unitaria, que es el eje central de la tesis del levantamiento del velo". En este sentido, el fiscal entiende que "deberá darse audiencia previa a todos y cada uno de los directivos o cargos representativos, que figuren como propietarios, de las sociedades culturales, recreativas o cualquier otra bajo cuya denominación funcionen cada una de las herrikos". "La razón de tal petición es consecuencia de que, en este momento procesal, no se está incidiendo sobre bienes de titularidad directa de los partidos ilegalizados, que tuvieron oportunidad de ejercitar tales derechos dentro del proceso de ilegalización previsto en la Ley de Partidos, sino sobre bienes y derechos aparentemente ajenos", insiste la Fiscalía.
 
Además, el informe precisa que "sólo podrán valorarse aquí las conexiones que resulten acreditadas entre partidos ilegalizados y herriko tabernas, ya que cualquier otra actuación presuntamente ilegal de éstas, no relacionada con aquellos, deberá ser objeto de depuración en procedimiento judicial independiente", como el que se tramita por Garzón. Asimismo, advierte de la posibilidad de que si actúa el Supremo contra las herriko tabernas, sin haber estudiado los documentos que aporte Garzón, "podría llegarse a soluciones contradictoras en ambos procedimientos", por lo que considera "razonable que hallándose en tramitación dicho proceso judicial, en el que se han adoptado medidas cautelares de intervención judicial, con nombramiento de administrador, la Sala suspenda la adopción de cualquier medida".

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