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La Audiencia Nacional condena ahora a Vicario Setién a 19 años de cárcel con la declaración de otros etarras como única prueba

La Audiencia Nacional condenó este jueves a 19 años de prisión al terrorista de ETA Gregorio Vicario Setién por su participación, en octubre de 1993, en el atentado cometido contra la estación de Sans de Barcelona. Pese a que en el caso del secuestro del industrial vasco José María Aldaya no fue suficiente, los magistrados han teniendo en cuenta como única prueba las declaraciones de otros miembros de su "comando" ya condenados, que comparecieron en el juicio como testigos. Tras la sentencia, la AVT mostró su "preocupación" por los cambios de criterio de los magistrados.

La Audiencia Nacional condenó este jueves a 19 años de prisión al terrorista de ETA Gregorio Vicario Setién por su participación, en octubre de 1993, en el atentado cometido contra la estación de Sans de Barcelona. Pese a que en el caso del secuestro del industrial vasco José María Aldaya no fue suficiente, los magistrados han teniendo en cuenta como única prueba las declaraciones de otros miembros de su "comando" ya condenados, que comparecieron en el juicio como testigos. Tras la sentencia, la AVT mostró su "preocupación" por los cambios de criterio de los magistrados.
L D (Europa Press) En este caso, la sentencia señala que las declaraciones testificales durante la vista oral de los compañeros del grupo terrorista de Vicario Setién –Felipe San Epifanio y Rosario Ezquerra– se produjeron en calidad de testigos, y que la valoración por el tribunal de lo que dijeron en su día como imputados no desnaturaliza dicha condición.
  
"La veracidad de sus declaraciones en la vista y su valoración como prueba de cargo no exige un dato corroborador objetivo externo –dice la resolución– sino, en todo caso, el contraste de lo manifestado en el plenario con lo dicho en fase de investigación  como imputado, examinando la capacidad memorativa del testigo (...) las relaciones de amistad, enemistad u otras con el procesado".
 
La sentencia reconoce que respecto al valor de las declaraciones inculpatorias que afecten a otros imputados "existe cierto recelo al poder estar motivadas por el ánimo de autodefensa, venganza o, simplemente, ser tributarias de la posición de debilidad del que se sabe acusado de un hecho delictivo", si bien todas esas circunstancias desaparecen cuando la persona ya ha sido condenada en sentencia firme, como es el caso de San Epifanio y Ezquerra.
  
En esa declaración nueva puede el coimputado puede –según el tribunal–, y bajo juramento o promesa de decir verdad, ratificar, rectificar, matizar o desmentir todo o parte de lo dicho anteriormente, por lo que su condición de testigo "no muta en otra distinta", y el tribunal debe valorar libremente lo que manifiesta en relación con sus declaraciones anteriores.
  
"Por último, aún si se sostiene la necesidad de un dato corroborador externo, éste puede consistir en las propias declaraciones testificales en la vista oral del antes imputado", señala la resolución.
 
Hecho probados
  
En este caso, el tribunal condena a Vicario Setién a 19 años de prisión por los delitos de utilización ilegítima de vehículo motor ajeno, sustitución de placas de matrícula y un delito de terrorismo.
  
Considera probado que Vicario, junto a sus dos compañeros de grupo, robaron un Ford Fiesta en Hospitalet de Llobregat el 28 de octubre de 1993 y, tras llevarlo a Barcelona, le colocaron placas de matrícula falsas y le instalaron un artilugio explosivo compuesto por entre 7 y 10 kilos de amosal.
  
Un día después, avisaron al diario Egin de la colocación del coche bomba en la estación de Sants de la ciudad condal, y las fuerzas de seguridad pudieron desalojar la zona antes de que explosionara, aunque se produjeron importantes daños materiales.
  
El tribunal ha tenido en cuenta que, en su turno de última palabra durante el juicio que se celebró contra él el pasado 6 de noviembre, Vicario Setién reconoció su pertenencia a ETA, de lo que "se siente orgulloso".
  
La sentencia subraya que San Epifanio dijo en el juicio que pudo referirse a Vicario Setién durante su declaración ante la Policía como a un tal "Santi", y que aunque en las fotos que le mostraron no le reconoció, afirmó que la persona que identificó en su día como Santi cuando fue detenido "se asemeja a la que le acompañó en Barcelona".
  
Por su parte, Rosario Ezquerra afirmó que "Santi" es Gregorio Vicario Setién, con lo que, según el tribunal "no queda duda alguna sobre la identidad de la persona a la que se refiere San Epifanio".
 
En la anterior sentencia dada a conocer por la Audiencia Nacional sobre Vicario Setién, la Sala absuelve al terrorista de participar en el secuestro de Aldaya porque sólo contaba con las declaraciones de coimputados, a pesar de que existía una prueba que situaba su ADN en el zulo donde estuvo retenido el industrial, ya que ésta no fue propuesta por ninguna de las acusaciones.

El desconcierto de las víctimas

Tras conocer la sentencia, la Asociación Víctimas del Terrorismo mostró su "preocupación" por la manera en que se está juzgando a los terroristas y alertó sobre el desconcierto "que supone considerar válidas las mismas pruebas en algunos casos y en otros no".
 
A través de un comunicado remitido a los medios de comunicación, aseguró que "teniendo en cuenta la decisión que ha tomado hoy la Audiencia Nacional, el terrorista Vicario Setién también debería ser condenado por su implicación en el secuestro de José María Aldaya".

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