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Bruselas condena las medidas de Italia para frenar la fusión Abertis-Autostrade

La Comisión Europea (CE) ha condenado las nuevas medidas adoptadas por Italia para obstaculizar la fusión de las concesionarias de autopistas Abertis y Autostrade, y le ha dado al Gobierno italiano un plazo de quince para responder. Tras analizar en profundidad la actuación de Italia, la Comisión ha llegado a la conclusión preliminar de que Roma ha "comprometido seriamente el proceso de concentración de dimensión comunitaria" y ha contribuido "de facto" al bloqueo de la fusión de las empresas española e italiana, lo que supone una violación del artículo 21 del Reglamento de fusiones de la UE.

La Comisión Europea (CE) ha condenado las nuevas medidas adoptadas por Italia para obstaculizar la fusión de las concesionarias de autopistas Abertis y Autostrade, y le ha dado al Gobierno italiano un plazo de quince para responder. Tras analizar en profundidad la actuación de Italia, la Comisión ha llegado a la conclusión preliminar de que Roma ha "comprometido seriamente el proceso de concentración de dimensión comunitaria" y ha contribuido "de facto" al bloqueo de la fusión de las empresas española e italiana, lo que supone una violación del artículo 21 del Reglamento de fusiones de la UE.
LD (EFE) Bruselas señala que las autoridades italianas no fijaron por adelantado y de manera "suficientemente clara" los criterios de interés público invocados para rechazar el proyecto de concentración de Autostrade y su concesionaria ASPI (la empresa Autostrade per la Italia) con Abertis. Esta ausencia de autorización fue una de las razones citadas por las dos empresas para abandonar la fusión prevista, que había sido aprobada sin condiciones por la Comisión el 22 de septiembre de 2006. Además, al ejecutar tales medidas sin previa notificación y sin contar con la aprobación de Bruselas, "las autoridades italianas violaron las obligaciones de notificación y de abstenerse de aplicar su legislación nacional previstas en el artículo 21 del Reglamento sobre operaciones de concentración".

Para el Ejecutivo comunitario, las medidas en cuestión son incompatibles con el principio de seguridad jurídica y parecen, sobre la base de la información disponible, ocasionar una restricción injustificada de la libre circulación de capitales y de la libertad de establecimiento. Las autoridades italianas pueden expresar en un plazo de quince días laborables sus puntos de vista sobre la evaluación preliminar, pero de confirmarse, la Comisión podría adoptar una decisión declarando que Italia violó el artículo 21 del Reglamento sobre concentraciones.

La Comisión recuerda que la fusión de Abertis y Autostrade entra dentro de su competencia exclusiva, y que el pasado mes de octubre ya había expresado sus dudas sobre las decisiones previas de rechazo de la transferencia de la concesión de autopistas, que fueron posteriormente retiradas. Bruselas asegura que no rechaza que las autoridades nacionales puedan verificar que un concesionario siga siendo financieramente viable y capaz de llevar a cabo sus obligaciones de inversión después de una operación de concentración.

Sin embargo, Bruselas considera que el proceso nacional de autorización debería centrarse en los cambios derivados de la propia concentración, y no ser utilizado para resolver carencias anteriores carencias en el marco legal o posibles problemas futuros. Como ejemplo, la Comisión señala que en principio considera que un dividendo extraordinario de Autostrade de 2.000 millones de euros previsto como condición para la fusión, no pondría en peligro la viabilidad financiera de la concesión y de las inversiones relacionadas con la misma. Así, asegura que Abertis aporta otros activos y fondos a la entidad fusionada, de modo que la perspectiva financiera sería a medio plazo, como mínimo, tan favorable como la de una Autostrade no fusionada.

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