Menú
INFORME GESTIÓN PYME

¿Cómo incluir a una empresa en el registro de morosos de Asnef?

La morosidad es una de las opciones que toda pyme debe contemplar cuando empieza a trabajar con un cliente. Aunque todas las empresas tratan de cubrirse ante los impagos, lo cierto es que estos terminan produciéndose.

(Libertad Digital) Se puede decir que es algo inevitable y cuando llega el momento hay que tener claro como gestionarla relación con clientes morosos.

Según informa Gestión Pyme, en principio lo ideal es no tener que recurrir al enfrentamiento ni tomar medidas drásticas, pero esto no siempre es posible. Por eso las pymes también deben tener claro cuáles son sus opciones de presión ante clientes morosos.

La primera medida y más sencilla es incluir al particular en el ASNEF, uno de los principales registros de morosos de España, o incluir a una empresa en el ASNEF Industrial, un registro especialmente dirigido a empresas.

El proceso para inscribir a una empresa en ASNEF no es costoso ni demasiado complicado, aunque para poder llevarlo a cabo deben darse ciertas condiciones. Es decir, la empresa morosa tiene que cumplir algunos requisitos que están recogidos en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999

- La existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada.

- El requerimiento previo de pago a quien corresponda, en su caso, del cumplimiento de la obligación.

- Que el acreedor o quien actúe por su cuenta e interés, se asegure de que concurren todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores, en el momento de notificar los datos adversos al responsable del fichero común.

A esto hay que añadir un plazo de espera antes de poder incluir a una empresa en ASNEF u otro registro de morosos. En concreto, según la la Agencia Española de Protección de Datos (APD), sólo se podrá incluir a una compañía en estos ficheros a partir del cuarto mes de impago.

Además, el procedimiento de inclusión también debe atenerse a otra serie de formalismos en cuanto a los tiempos para comunicar la inclusión en el fichero de moroso y la veracidad de las pruebas documentales aportadas.

En este sentido, la empresa debe ser notificada por escrito en un plazo de 30 días sobre su inclusión en ASNEF Industrial. El documento debe incluir el nombre de quien le ha metido en el registro de morosos y la cantidad por la cual lo ha incluido.

El coste de incluir a una empresa en ASNEF industrial es muy bajo. En primer lugar hay que darse de alta en el registro y pagar una cuota de usuario de 30 euros mensuales, que además dará acceso a su base de datos y permite incluir los impagados anteriores (hasta seis años en el caso de ASNEF).

Cada inscripción tiene un coste de 35 céntimos de euros y cada consulta de 2,5 euros que se suman y si superan los 30 euros mensuales, el usuario deberá pagar la diferencia. Es decir, cada usuario cuenta con 30 euros al mes para poder investigar posibles clientes o para denunciar impagos.

Consulta de impagados

La consulta de los impagados aporta tres series de datos respecto a la empresa morosa. En primer lugar informa sobre el domicilio y datos sociales, después alerta sobre el importe de los impagados, así como si la compañía está efectuando algún pago de la cantidad adeudada recientemente o de forma periódica.

Esto sirve sobre todo para saber si, pese a ser una empresa morosa, tiene intención de ir liquidando sus deudas. Por otra parte, la información sobre el capital social y otras cuestiones servirán para saber con qué tipo de compañía se hacen negocios.

Aunque evidentemente incluir a una empresa en ASNEF, RAI u otro registro de morosos no es agradable, puede ser la única solución para presionar a nuestros deudores.

En Libre Mercado

    0
    comentarios
    Acceda a los 1 comentarios guardados