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¿Dónde estarán instalados los nuevos 24 radares? La DGT informa y avisa de las multas

La velocidad inadecuada está presente como factor concurrente en el 21% de los siniestros mortales al volante.

La velocidad inadecuada está presente como factor concurrente en el 21% de los siniestros mortales al volante.
Un cartel alertando de la existencia de radar en una carretera de Fuerteventura | Alamy

Durante este mes de enero, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, realizó una visita al Centro de Denuncias Automatizadas de la Dirección General de Tráfico (DGT) en la provincia de León. Durante la misma, anunció una incorporación de 24 nuevos radares, siendo 17 de ellos fijos y los 7 restantes de tramo, que afectarán a diferentes zonas del norte peninsular, la Comunidad Valenciana y Andalucía.

Fijos

  • La Coruña: AC-221 y AC-841
  • Orense: N-525
  • Lugo: LU-862
  • Pontevedra: N-550
  • Asturias: N-634 y GJ-10
  • Almería: A-1050 y AL-3117
  • Málaga: A-7054
  • Granada: N-432
  • Valencia: V-31 y CV-410
  • Alicante: N-332, CV-86, CV-905 y A-77a

De tramo

  • La Coruña: AC-552
  • Orense: OU-536
  • Asturias: AS-112
  • Almería: A-370
  • Málaga: MA-20
  • Valencia: A-3 y V-23

Desde la DGT, han informado que, como de costumbre, estos nuevos puntos de control de velocidad estarán señalizados en la carretera, publicados en su página web y sus ubicaciones estarán a disposición de los operadores para que puedan ser incluidas en los navegadores.

Durante el primer mes, los conductores que superen la velocidad máxima permitida en las carreteras donde están ubicados estos radares, recibirán una carta informándoles de que han sido captados por el radar. A partir del primer mes, los conductores comenzarán a ser sancionados, recibiendo la multa con el importe correspondiente a cada caso.

Modificación de la velocidad a la que saltan los radares

Según ha informado la DGT, también se ha realizado un cambio en el sistema de radares de las carreteras españolas. Esta actualización modifica la velocidad necesaria para que un radar active su detección en diferentes tipos de tramos. Este organismo ha implantado un margen de tolerancia que, en algunos casos, permite leves excesos de velocidad con el objetivo de evitar sanciones innecesarias.

Este margen hace referencia a la regla del 5 y el 7, establecida por una orden ministerial del año 2020. Esta se aplica tanto en radares fijos como móviles, dependiendo del límite de velocidad de cada tramo.

  • Radares fijos: en tramos donde el límite de velocidad es inferior a 100 km/h, la tolerancia es de hasta 5 km/h. En tramos que superen estos 100km/h, los radares aceptan una tolerancia del 5% del límite de velocidad fijado en la vía.
  • Radares móviles: estos ofrecen un margen más amplio. En los tramos de límite inferior a 100km/h, permiten una tolerancia de 7km/h. A su vez, en los tramos con límite superior a esta cifra la tolerancia aplicada será del 7% respecto al límite fijado en la vía.

Importe de las sanciones por límites de velocidad

En cuanto a las multas impuestas por superar los límites de velocidad, el importe variará dependiendo de cuánto se haya superado este límite.

  • Exceso leve: inferior a 20km/h sobre el límite establecido. La multa suele estar alrededor de los 100 euros y no es común que se produzca una pérdida de puntos.
  • Exceso moderado: entre 21 y 30 km/h sobre el límite establecido. La multa ronda los 300 euros y se produce una pérdida de dos puntos.
  • Exceso grave: entre 31 y 40 km/h sobre el límite establecido. La multa asciende hasta los 400 euros y se pierden cuatro puntos.
  • Exceso muy grave: superior a 40km/h sobre el límite establecido. La multa puede ascender hasta los 600 euros y se produce una pérdida de seis puntos. Además, dependiendo de la gravedad, puede producirse una retirada de carnet.

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