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DEBÍAN 500.000 PESETAS

Condenan al "Cobrador del frac" a pagar un millón de pesetas por coaccionar a los deudores

El “Cobrador del frac” tendrá que pagar un millón de pesetas a una empresa a la que la entidad cobradora de morosos coaccionó vulnerando el derecho al honor de dos personas que debían medio millón de pesetas, según una sentencia del Tribunal Supremo.

Según la sentencia, varios trabajadores de esta empresa se personaron en las viviendas de los deudores dejándoles en la puerta de sus domicilios y en los portales tarjetas recordándoles las deudas y en otra ocasión acudieron al establecimiento, propiedad de ambos, exigiendo el citado pago en voz alta y en presencia de los clientes.

El Supremo señala que "por muy deseable que sea la existencia de medios extrajudiciales para la efectividad de los derechos de crédito que ostenten frente a terceros, ello no permite sustituir la fuerza coactiva de los Poderes Públicos por actuaciones privadas que atenten a la dignidad de las personas o invadan su intimidad".

El Supremo reconoce que este tipo de acciones "denigratorias" obligan a "los Poderes Públicos a repensar sobre la proliferación de estos instrumentos coactivos y la necesidad de establecer remedios". Explica que "aún admitiendo la morosidad del destinatario sólo cabe resolverla mediante el ejercicio de las acciones correspondientes ante los juzgados y Tribunales y no ignorando la privacidad de la correspondencia como ámbito de extensión reservada a la intimidad personal".

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