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Las diez contradicciones entre las sentencias del caso Marta del Castillo


Hasta diez contradicciones encuentra la acusación particular del caso entre las dos sentencias del caso. 

  

Como hay que recordar, ha habido dos sentencias por la insólita circunstancia de haberse producido dos juicios. En el primero, se juzgaba al menor Francisco Javier García Marín, alias el Cuco. En el segundo, se juzgaba a Miguel Carcaño, a su hermano Javier Delgado, a la novia de éste, María García Mendaro, y a Samuel Benítez.

Tras cotejar ambas sentencias, hay hasta diez contradicciones de carácter llamativo, que constituyen la base del recurso de casación que la familia de Marta ha presentado ante el Tribunal Supremo. 



No se olvide que la sentencia de la Audiencia de Sevilla condenó a Miguel Carcaño a 20 años de cárcel y absolvió al resto de los acusados, y que la del juez de Menores condenaba a el Cuco a tres años de internamiento por encubrimiento.

El recurso, de 75 folios, subraya la inconstitucionalidad que supone el doble enjuiciamiento del caso y considera que se vulneran varios preceptos como el de seguridad jurídica o el de un juez imparcial. En el recurso se exponen una serie de motivos, los cuales, de ser estimados, supondrían la nulidad del juicio celebrado y la necesidad de proceder a uno nuevo ante un tribunal del jurado o ante la propia Audiencia Provincial, de forma que todos los acusados podrían ser condenados, según un comunicado del bufete de abogados Montero-Aramburu.


Hasta diez contradicciones encuentra la acusación particular del caso entre las dos sentencias del caso:

  1. Mientras que la Audiencia indica que el Cuco se presentó en la piso de León XIII en la que se cometió el crimen porque había quedado antes con Carcaño y Marta, el juez de Menores consideró que el Cuco llegó porque Miguel, después de matar a Marta, le llamó por teléfono a él y a Samuel Benítez. La primera de estas incongruencias es acerca de la llegada de el Cuco al piso de León XIII en el que se cometió el crimen.

 La Audiencia dice que esas dos llamadas no existieron y el juez de Menores dio por probado que sí.


  2. El fallo recurrido ahora "omite la existencia de cualquier traslado" en coche de el Cuco y Samuel hasta León XIII, pero el primer fallo en el juicio del menor decía que el Cuco cogió el coche de su madre y recogió a Samuel para ir luego al piso.


  3. La Audiencia entiende que en el piso sólo estaban Miguel y el Cuco cuando se concibió el plan para hacer desaparecer el cuerpo. Pero en el juicio primero, se dio por supuesto que también estaban Javier Delgado y Samuel Benítez.
  4. Sobre la decisión de hacer desaparecer el cuerpo, la Audiencia dice que la tomaron sólo dos personas, Carcaño y el Cuco, pero en el primer juicio se afirma que la adoptaron todos los presentes.


  5. La audiencia introduce la figura de un "tercero desconocido" que ayudó a Carcaño y a el Cuco a sacar el cadáver de Marta, pero el juez de menores, en su sentencia, afirma que fueron el Cuco y Samuel quienes sacaron el cuerpo a pulso mientras Miguel llevaba la silla de ruedas.


  6. Tampoco hay claridad sobre la hora en que el cuerpo de Marta fue sacado del lugar del crimen. La Sección Séptima sitúa la salida del cadáver de la joven asesinada a las diez y cuarto de la noche del 24 de enero de 2009, ya que a esa hora se separaron los participantes. El anterior fallo, sin embargo, consideraba probado que el cuerpo fue sacado de la vivienda durante la madrugada del 25 de enero.


  7. La Audiencia no explica cómo se llevó a cabo el traslado del cadáver, mientras que el juez de Menores detalló cómo se sacó en la silla de ruedas, se introdujo en el coche de la madre de el Cuco y como Samuel y éste lo trasladaron mientras Miguel los seguía en moto.


  8. La presencia del hermano de Carcaño en la casa es otro punto discordante. La Audiencia fija que el hermano de Carcaño, Javier Delgado, se marchó sobre las 20:40 y el juez de Menores que estaba presente cuando se planteó la desaparición del cuerpo.


  9. La última contradicción atañe a Samuel, al que la Audiencia sitúa todo el día en Montequinto, un barrio de Sevilla lejano al lugar de los hechos, mientras que el juez de Menores lo mantiene en el piso de León XIII tras el crimen. 

Estas contradicciones han sido recogidas por Diario de Sevilla. 



Razones para un recurso



Además de estas clamorosas contradicciones y según Europa Press, el recurso de casación someterá a la consideración del Tribunal Supremo, en primer lugar, si la interrupción de la tramitación del procedimiento del tribunal del jurado para el caso podría haber lesionado el principio de legalidad procesal y de tutela judicial que incluye el derecho al juez predeterminado por la ley.



Asimismo, la representación jurídica que encabeza el letrado José María Calero vuelve a plantear la cuestión de inconstitucionalidad por el doble enjuiciamiento a Francisco Javier García Marín, el Cuco, menor de edad en el momento de los hechos, y a los cuatro adultos.

 En concreto, subraya si este procedimiento debió evitarse planteando la inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, "impidiendo el dictado de sentencias contradictorias", así como que se vulnerara el derecho a la tutela judicial efectiva de la familia de Marta, "que incluye el derecho a ejercer la acción penal conforme a los principios del juicio justo, y la quiebra de los principios de Unidad Jurisdiccional, Exclusividad de la Jurisdicción y Seguridad Jurídica".

Es decir, si se ha lesionado el derecho de la familia de la joven a obtener una sola respuesta del Estado respecto de los hechos de los que su hija menor fue víctima.

 También plantea la acusación particular la inconveniencia de que la resolución en el proceso paralelo contra el Cuco se diera a conocer durante el juicio principal, preguntando por si el dictado de la sentencia del menor impidió al tribunal situarse frente a las pretensiones de las partes con la necesaria apariencia de imparcialidad, en tanto que la estimación de la posición de las acusaciones les llevaba a dictar una resolución "en abierta contradicción con la ya dictada e incomprensible socialmente al tener que aludir necesariamente a la comisión de graves hechos del menor no enjuiciado, que habrían resultado impunes".



Finalmente, la dirección letrada de la familia de Marta someterá a la consideración del Supremo si en la tramitación del juicio se han denegado "indebidamente" por el tribunal pruebas de testigos y peritos solicitadas por los allegados de la joven "que, de haberse celebrado, podrían haber modificado el resultado de la prueba", cual pueden ser los testimonios de los padres de Samuel o el Policía director de la investigación, Manuel Piedrabuena. 

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