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La juez tumba la querella de Cebrián contra Jiménez Losantos por el 11-M

En una contundente sentencia, la juez ampara la libertad de expresión y opinión de Federico Jiménez Losantos.

La titular del Juzgado Número 14 de Madrid ha señalado que Federico Jiménez Losantos no cometió ningún delito de injurias y calumnias contra el consejero delegado del grupo Prisa, Juan Luis Cebrián, tras criticar su postura en torno a los atentados del 11-M. Según la magistrada, las palabras del vicepresidente de Libertad Digital constituyen manifestaciones y actuaciones amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión
 
Los hechos se remontan a febrero de 2007 cuando el periodista Juan Luis Cebrián se querelló contra Jiménez Losantos porque según el consejero delegado de Prisa, el director de Es la Mañana dedicó el 27 de octubre de 2006 su programa de entonces en la cadena COPE "lisa y llanamente a la denigración personal y profesional". Por ello, le pedía una indemnización de 150.000 euros.

No obstante, en la querella Cebrián obviaba que las manifestaciones del periodista de esRadio sobre su persona se produjeron después de unas declaraciones del consejero delegado de Prisa el 26 de octubre del citado año en Nueva Economía Forum, un pasaje que sí recuerda la juez en la sentencia:

"Yo creo que lo que se está montando en torno al 11-M es una vergüenza. Es una vergüenza de verdad porque ha habido doscientos muertos y encima se utiliza a las víctimas y se habla en nombre de ellas, simplemente porque el Gobierno Aznar mintió cuando dijo que era ETA la responsable y es más importante que el señor Acebes, que era ministro del Interior, que fue el que personalmente mintió ante las televisiones mundiales, no haya mentido, que resolver esta cuestión razonablemente ante los tribunales".

"A mí me parece lo del ácido bórico primero una estupidez y después de que me parece una estupidez me parece algo serio respecto al verdadero respeto que se debe tener a las víctimas del terrorismo en este país, que no por exhibir más dolor o más tal se les tiene más respeto". 

Junto con estas declaraciones, el 8 de junio de ese mismo año el diario El País dedicaba un editorial titulado "La recta final" a arremeter contra quienes cuestionaban la versión oficial del 11-M. Estos ataques de Juan Luis Cebrián y su medio de comunicación recibieron como respuesta duras críticas por parte de Federico Jiménez Losantos que en ningún caso, señala la magistrada, constituyeron un atentado hacia el honor del periodista de Prisa. 

"Las manifestaciones se producen en un clima de enfrentamiento entre dos posturas acerca de las investigaciones de los atentados del 11-M, enfrentamiento que tiene su escenario más palpable en los medios de comunicación que reflejan esas dos posturas diferentes junto a otras creando con ello opinión pública en un agrio debate mediático con trascendencia nacional a cerca de las investigaciones y posible autoría de los hechos. De esta forma, frente a los que se muestran conformes con las investigaciones judiciales están los que se muestran disconformes que entienden que deben seguirse otras líneas de invetsigación de los atentados", reza la sentencia. 

En la resolución, también se recoge cómo durante la celebración del juicio las víctimas del terrorismo que testificaron en el plenario manifestaron haberse sentido "machacadas, con comentarios que le habían humillado" por parte del diario de Juan Luis Cebrián.

"En este contexto entiende esta juzgadora que las declaraciones del acusado haciendo valoraciones e hipótesis sobre la autoría de los atentados, o comentando otras opiniones de personajes con relevancia publica sobre los atentados o su investigación, partiendo para ello de datos obtenidos de la investigación judicial o periodística con amplia difusión nacional, encuentran su justificación en el derecho de información y opinión", señala la magistrada.
 
En este sentido, la sentencia recuerda que los atentados del 11-M eran un asunto de "máxima importancia" y que generó un gran interés público "dada la trascendencia de lo ocurrido". En la resolución, la magistrada recoge la doctrina del Tribunal Constitucional que ha manifestado que la libertad de expresión y opinión ampara el realizar conjeturas sobres las investigaciones de hechos como éste: "Sería un límite constitucionalmente inaceptable para la libertad de prensa el impedir formular razonadamente conjeturas, que en cuanto tales conjeturas, no pueden ser valoradas desde la exigencia constitucional de la veracidad sino como el ejercicio de la libertad de opinión a partir de unos datos fácticos veraces".
 
Asimismo, la magistrada recoge en la sentencia que la libertad de expresión y opinión no sólo ampara las críticas inofensivas e indiferentes "sino también aquellas que pueden molestar, inquietar, disgustar o desabrir el ánimo de la persona a la que se dirigen siendo más amplios los límites permisibles de la crítica" cuando se trata de personajes públicos.
 
"De este modo, entiende esta juzgadora que las expresiones utilizadas apreciadas en su contexto no se encuentran aisladas y desconectadas de cualquier razonamiento que las explicase o justificase no pudiendo la preguntas retóricas, los comentarios irónicos de Jiménez Losantos de mayor o menor gusto dialéctico no pueden calificarse formalmente de injuriosos en la medida en que la crítica se produce en conexión con las manifestaciones realizadas previamente por el denunciante y tras el editorial de El País, que encierra un juicio de valor relacionado con un contexto concreto y específico como los atentados del 11-M, la investigación judicial de los hechos, la situación de las víctimas y los explosivos utilizados", destaca la juez.
 
Por toda esta argumentación jurídica, el Juzgado Número 14 de Madrid da la razón a Federico Jiménez Losantos frente a Juan Luis Cebrián y concluye que el vicepresidente de Libertad Digital no cometió ningún delito cuando criticó la actuación profesional del consejero del grupo Prisa en todo lo acontecido sobre los atentados del 11-M. 

 

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