L D (Agencias) En una sentencia notificada este jueves, la sección quinta de la Audiencia Madrileña, condena a 326 años de cárcel al conocido como "violador de Pozuelo", así como al pago de indemnizaciones a sus víctimas que, en total, superan los 615.000 euros.
El tribunal le considera responsable de diecisiete delitos de agresión sexual y dos más en grado de tentativa, así como de ocho de robo con violencia e intimidación, cinco delitos de lesiones y cinco faltas de lesiones, informa Efe.
En la sentencia se considera probado que Días da Silva, "con intención de satisfacer su libido y pese a la negativa y oposición de sus víctimas", tuvo una participación "directa, material y voluntaria" en los hechos por los que se le condena. El tribunal llega a esa conclusión, especialmente por "la plena admisión de los hechos y reconocimiento de culpa efectuado por el procesado" y por los informes médicos emitidos en su día que describen las lesiones padecidas por las distintas víctimas.
La primera agresión se produjo el 1 de agosto de 2000 en una calle del sur de Madrid y a ellas siguieron el resto en una zona cercana, hasta que en junio de 2003 llevó a cabo tres agresiones casi consecutivas en la localidad de Pozuelo de Alarcón, antes de su detención.
Además, robaba a las víctimas
El "modus operandi" era bastante parecido en todas las agresiones: Días da Silva abordaba a sus víctimas con un cuchillo en la vía pública y las conducía a zonas arboladas y con mucho ruido, donde las obligaba a desnudarse, las violaba mientras sostenía el arma cerca de su cuello y después amenazaba con matarlas si gritaban mientras él huía. Además, a ocho de las víctimas les sustrajo el dinero que portaban, el bolso y algunos efectos personales.
El juicio quedó visto para sentencia el pasado día 5 de junio, una vez que el acusado se conformó con las penas solicitadas para él, se mostró "completamente arrepentido", se disculpó con las víctimas y aseguró que buscará ayuda en prisión "para mejorar como persona". Pese a ello, el fiscal consideró en la vista que es "claro y manifiesto" la "magnitud" de los hechos y la "reiteración" del procesado al cometerlos, por lo que solicitó que la aplicación de posibles beneficios penitenciarios atienda a la totalidad de la pena que se le imponga y no al máximo de 20 años que estipula el Código Penal.
El tribunal admite esa petición, a la que se sumaron todas las acusaciones particulares, pero advierte de que con ello "no da un portazo" a la posibilidad de aplicar al condenado beneficios penitenciarios en función de posibles "circunstancias excepcionales" consecuencia del tratamiento rehabilitador y resocializador al que deberá someterse.
"Imprescindible será que siga tratamiento específico riguroso para agresores sexuales en la extensión, duración y contenido que determinen los especialistas en la materia", señala el tribunal, que explica que hace esta salvedad en función de la "actitud adoptada por el procesado en el juicio".