(Libertad Digital) La suplente que cubre la vacante del titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) comunicó este lunes el archivo la causa abierta contra el cómico Pepe Rubianes por sus insultos a la nación española y a todos los españoles que pronunció en un programa de TV3, a pocos días que venza su suplencia y tome posesión el nuevo titular del juzgado.
La argumentación de la suplente es que Rubianes con sus palabras "no quiso ofender a España como nación, sino que sólo se refirió a la golpista". En un comunicado, la fundación DENAES, que se había querellado contra Rubianes, señala que "es llamativo que una suplente sin carrera judicial se haya apresurado a emitir esta resolución, atribuyéndose funciones de enjuiciamiento que no le competen, muy poco tiempo antes de que termine su suplencia y tome posesión el nuevo titular del juzgado de instrucción número cinco de Sant Feliu de Llobregat".
El propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado a Efe que la juez que ha archivado la causa contra Rubianes está cubriendo una sustitución, para lo que se exige sólo ser licenciado en Derecho, sin necesidad de haber ingresado en la Escuela Judicial.
En este sentido, DENAES recuerda que el anterior titular admitió a trámite la querella e imputó formalmente al actor, lo mismo que hizo la Fiscalía, que formuló un escrito de acusación contra Rubianes en el que le imputaba un delito de ultrajes a España y solicitaba una multa de 21.900 euros y "la suplente sin carrera judicial deniega ahora –de forma arbitraria– la apertura de juicio oral al entender que no hay indicios de criminalidad en la conducta de Rubianes, en contra de lo anteriormente decidido por el Juez titular".
El propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado a Efe que la juez que ha archivado la causa contra Rubianes está cubriendo una sustitución, para lo que se exige sólo ser licenciado en Derecho, sin necesidad de haber ingresado en la Escuela Judicial.
En este sentido, DENAES recuerda que el anterior titular admitió a trámite la querella e imputó formalmente al actor, lo mismo que hizo la Fiscalía, que formuló un escrito de acusación contra Rubianes en el que le imputaba un delito de ultrajes a España y solicitaba una multa de 21.900 euros y "la suplente sin carrera judicial deniega ahora –de forma arbitraria– la apertura de juicio oral al entender que no hay indicios de criminalidad en la conducta de Rubianes, en contra de lo anteriormente decidido por el Juez titular".
La Fundación subraya asimismo que en el auto se dice textualmente que “los querellantes han ejercido las acciones de forma abusiva, maliciosa y con absoluta ignorancia de los principios de subsidiariedad, fragmentariedad y última ratio que informan la jurisdicción penal”, ante lo que DENAES "no puede sino expresar su perplejidad por el hecho de que una juez en un Estado de Derecho califique de malicioso el ejercicio de un derecho de todos los ciudadanos como es el acceso a la administración de Justicia. Lo único malicioso, en este caso, es que la suplente sin carrera judicial se apresure a emitir el auto poco tiempo antes que tome posesión el juez titular".
"El asombro es aún mayor al calificar la suplente sin carrera judicial la querella como abusiva, acusación que en todo caso que se hace extensible al anterior titular del juzgado en el que ejerce su suplencia en tanto que admitió a trámite la misma, dictó Auto de imputación formal, y a la Fiscalía del Estado que formuló una acusación", añade la Fundación.
Para DENAES, "el hecho de que la suplente haya sido nombrada magistrada por vía ajenas a la carrera judicial puede explicar el contenido absolutamente político de una sentencia en la que se atreve a tachar de 'franquista' el delito de ultrajes a España y a cuestionar su vigencia en el actual Código Penal".