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Denuncian que seis aerolíneas cobran a los pasajeros por atender sus consultas

FACUA ha denunciado a seis compañías aéreas entres las que se encuentran Iberia, Air Europa, o Ryanair, entre otras, por instar a los usuarios a llamar a teléfonos con préfijo 807, lo que les reporta grandes beneficios, para ofrecer servicios que deberían estar incluidos en el precio del billete.

FACUA ha denunciado a seis compañías aéreas entres las que se encuentran Iberia, Air Europa, o Ryanair, entre otras, por instar a los usuarios a llamar a teléfonos con préfijo 807, lo que les reporta grandes beneficios, para ofrecer servicios que deberían estar incluidos en el precio del billete.

(Libertad Digital) Según la organización de consumidores las compañías Iberia, Air Europa, Easyjet, Ryanair, Spanair y Vueling instan a los usuarios a llamar a teléfonos con prefijo 807, que reportan a estas compañías importantes ingresos extra, por ofrecer servicios que legalmente deben estar incluidos en el precio del billete.

De este modo, el usuario tendría que pagar una cantidad para recibir determinada información sobre el vuelo, su confirmación y el cambio en las condiciones del billete o su cancelación, así como datos sobre la documentación necesaria para realizar el viaje o incluso para reclamar sobre algún tipo de error o anomalía en el billete o el localizador.

El precio varía en función de la compañía y si se llama desde fijo o móvil, oscilando entre 0,41 y 1,51 euros por minuto.

FACUA ha denunciado a las aerolíneas ante el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Política Social y las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas donde tienen su sede social las radicadas en España: Baleares en los casos de Air Europa y Spanair, Madrid en el de Iberia y Cataluña en el de Vueling. Easyjet tiene su domicilio en el Reino Unido y Ryanair en Irlanda.

Además, la organización argumenta que al cobrar por las consultas y reclamaciones, las compañías incurren en cláusulas abusivas, al limitar de forma inadecuada el ejercicio de derechos de los usuarios que están implícitos a la contratación del billete. Así lo establece el artículo 86 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.


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