L D (EFE) Según informó el CGPJ en un comunicado, la comisión disciplinaria ha decidido "por unanimidad" archivar el expediente informativo abierto a los magistrados de la sección segunda de la Audiencia, al entender que la actuación de los magistrados de la sección segunda "no tiene relevancia disciplinaria" y se debió a un error informático.
Los inspectores atribuyen la puesta en libertad de Pardo, a quien la Audiencia no le prorrogó los dos años de prisión preventiva que había cumplido pese a estar acusado de violación, robo con violencia e intento de homicidio, a "un error en el listado informático de presos preventivos". Según este listado de presos preventivos, Pardo había entrado en la cárcel el 29 de octubre de 2003 y no el 31 de octubre de 2002 como ocurrió en realidad, por lo que aún faltaba un año para prorrogar su ingreso en prisión.
Tomás Pardo fue puesto en libertad el 1 de noviembre de 2004 después de que la sección segunda de la Audiencia no tramitara la citada prórroga de prisión, según el tribunal, porque la fiscalía no había solicitado la misma. El error, que obligó a extremar la protección de las dos mujeres que fueron sus víctimas, abrió una polémica entre la fiscalía y la Audiencia de Barcelona y reabrió el debate sobre las medidas que deben dictarse para proteger a las víctimas de estos delitos.
Un mes después de salir a la calle, Pardo se sentó en el banquillo de los acusados y admitió haber atacado a dos mujeres en Abrera y Martorell (Barcelona) la madrugada del 24 de octubre de 2002. A la primera víctima intentó robarle el bolso y la golpeó. A la segunda la secuestró, robo, violó y clavó un cuchillo en la yugular que a punto estuvo de acabar con su vida. El tribunal condenó a Pardo a 26 años de cárcel, pero éste no reingresó inmediatamente en prisión, porque la sentencia no era firme. Esta circunstancia provocó dos recursos de la fiscalía en los que se solicitaba el encarcelamiento inmediato del violador, lo que ocurrió el pasado 10 de febrero, mediante un auto dictado por la sección segunda que contó con el voto contrario del presidente del tribunal, Pedro Martín.
Ahora, el CGPJ da por archivado el caso al entender que, pese a que se produjo "una disfunción en el funcionamiento de la Administración de Justicia" como servicio público, ello "no es debido a un conducta descuidada o desatenta de los jueces que componen este tribunal". Destaca además que los magistrados tomaron las medidas necesarias para paliar la puesta en libertad provisional del procesado, "al celebrarse de forma inmediata el juicio y haberse decretado contra él medidas cautelares para asegurar su presencia en el mismo, además de las medidas de protección hacia las dos víctimas".