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El Supremo confirma la condena contra Carlos Llamas por difamar al periodista Antonio Herrero

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada contra el director de Hora 25 de la Cadena Ser por difamar en el año 1995 a Antonio Herrero Losada, padre del periodista Antonio Herrero Lima, entonces director de La Mañana de la COPE. Con el objetivo de desprestigiar al presentador ya fallecido, Carlos Llamas relacionó al padre de Herrero con la intentona del golpe de estado del 23-F. La demanda fue presentada por la viuda del periodista y por sus hijos.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada contra el director de Hora 25 de la Cadena Ser por difamar en el año 1995 a Antonio Herrero Losada, padre del periodista Antonio Herrero Lima, entonces director de La Mañana de la COPE. Con el objetivo de desprestigiar al presentador ya fallecido, Carlos Llamas relacionó al padre de Herrero con la intentona del golpe de estado del 23-F. La demanda fue presentada por la viuda del periodista y por sus hijos.
(Libertad Digital) En el año 1995, etapa en la que el Gobierno del PSOE estaba inmerso en múltiples escándalos de corrupción y crímen de estado, el periodista Antonio Herrero Lima, director de La Mañana de la Cadena COPE, realizaba su trabajo de informar a sus millones de oyentes y se había convertido en una referencia clave a la hora de desvelar los escándalos de la era González, mientra la cadena SER, se mantuvo en la línea actual.  
 
Los comentarios y la información de Antonio Herrero en la COPE no era apreciada por todos. Es así como Carlos Llamas, director de Hora 25 de la Cadena Ser, decidió responderle en vivo en su programa. Los fragmentos han sido reproducidos este jueves por el diario El Mundo. Carlos Llamas, que en la actualidad dirige el mismo programa y ha tenido actuaciones deplorables en las horas trágicas de los atentados y sus irónicos comentarios para el actual director de La Mañana, Federico Jiménez Losantos, dijo que "ha habido hoy un lumbreras de la radio, de esos que en Estados Unidos seguramente lideraría una secta, que ha dicho que el asunto de espionaje del CESID es más grave que el intento del golpe de estado del 23-F. Ese lumbreras se llama Antonio Herrero...". "...Creo que este señor que dice que las escuchas es más grave que lo de Tejero, desde luego sabe de lo que está hablando. Su padre era responsable de la Agencia Europa Press que difundió íntegro el Manifiesto de los Cien, apoyando aquel golpe y que mantuvo conversaciones con uno de los responsables de la trama civil. ¿Se acuerdan ustedes de aquel ciudadano voluminoso, García Carrés?...". "Aparece en el sumario por aquella intentona golpista. Así que tal vez esté intentando exorcizar ese pasado de su apellido y restar gravedad a aquellos hechos. Señor Herrero, yo no sé con quien habla usted para conspirar".
 
Son estas manifestaciones las que provocaron que la viuda de Antonio Herrero Losada, y sus hijos, incluido Antonio Herrero Lima, presentaran una demanda contra él. Con la nueva sentencia del Supremo, Llamas ha perdido el juicio en todas las instancias. En este último dictamen se señala que se mencionó a Antonio Herrero "rebasándose de forma voluntaria e innecesaria el contenido objetivo de la información retransmitida por el periodista recurrente, pues la añadió y amplió por su cuenta y la vino a cargar de contenido difamante y vejatorio hacia una persona fallecida, compañero de profesión, carente de justificación, salvo la decidida de causar intromisión en el honor ajeno". Agrega que es "claro y notorio que lo que se pretendió no fue otra cosa que, de modo sutil pero suficientemente directo y expresivo, relacionar al referido periodista con el Golpe del 23-F".
 
De esta manera, Carlos Llamas tendrá que cumplir lo que entonces dictó el Juzgado de Primera Instancia 47 de Madrid que fue la emisión de tres fundamentos jurídicos y el fallo de la sentencia condenatoria "en las mismas horas de audiencia en que fueron vertidas las expresiones vejatorias citadas, emisión que deberá realizarse en el plazo de 10 días, siguientes al de la firmeza de la sentencia".

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