L D (EFE)
La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia sostiene que las fotos del torero con su hija "cuando abandonaba el que había sido su domicilio conyugal", publicadas el 21 de marzo de 2002, son "de carácter estrictamente privado y familiar" pues el patio delantero de un cortijo "no tiene carácter de espacio abierto al público".
La sentencia ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo por la revista "Hola", que entiende que el patio o aparcamiento del cortijo era, "por propia voluntad" de Rivera Ordóñez, un lugar "abierto al público, pues se encontraba con las puertas abiertas de par en par, sin que el demandante se opusiese a ser fotografiado y viendo, además, perfectamente a los fotógrafos, por lo que ha de entenderse que prestó su consentimiento a ser fotografiado".
El veredicto rebaja la indemnización respecto a los 60.000 euros que reclamó el torero de acuerdo con la alegación del fiscal por entender que, aunque no hubo consentimiento para que se tomaran las fotos, Rivera Ordóñez "no mostró una mayor contundencia en prohibir o impedir esos hechos por parte de si mismo o de sus empleados". La Audiencia señala que no se ha acreditado la difusión exacta que tuvo el número de "Hola" donde se incluyó el reportaje, pero recuerda que se anunció en portada "con fotografías en grandes dimensiones" y que "es conocido y notorio la gran divulgación y difusión" de ese medio.
La sentencia ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo por la revista "Hola", que entiende que el patio o aparcamiento del cortijo era, "por propia voluntad" de Rivera Ordóñez, un lugar "abierto al público, pues se encontraba con las puertas abiertas de par en par, sin que el demandante se opusiese a ser fotografiado y viendo, además, perfectamente a los fotógrafos, por lo que ha de entenderse que prestó su consentimiento a ser fotografiado".
El veredicto rebaja la indemnización respecto a los 60.000 euros que reclamó el torero de acuerdo con la alegación del fiscal por entender que, aunque no hubo consentimiento para que se tomaran las fotos, Rivera Ordóñez "no mostró una mayor contundencia en prohibir o impedir esos hechos por parte de si mismo o de sus empleados". La Audiencia señala que no se ha acreditado la difusión exacta que tuvo el número de "Hola" donde se incluyó el reportaje, pero recuerda que se anunció en portada "con fotografías en grandes dimensiones" y que "es conocido y notorio la gran divulgación y difusión" de ese medio.
