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Sesión de control al Gobierno

Además de legislar, el Parlamento tiene entre sus funciones la de controlar la acción del Gobierno, tal y como establece el artículo 66.2 CE. Esta función se realiza a través de varios mecanismos, que se inician con la propia formación del Ejecutivo (debate de investidura), su posible cese (moción de censura y cuestión de confianza) y el control de la gestión de los distintos departamentos, para lo que el Parlamento dispone de preguntas, interpelaciones y comparecencias del Gobierno (artículos 109-111 CE).

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