La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana sostiene que la vicepresidenta de la Generalidad, Mónica Oltra, y su equipo de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas, pudieron haber cometido los delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos en la gestión del caso de abusos del exmarido de la dirigente de Compromís, Luis Ramírez Icardi, a una menor tutelada.
La Fiscalía ha remitido un escrito de 69 páginas a la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia. Este debe decidir si imputa o no a la vicepresidenta regional –aforada por su condición de diputada autonómica– en la causa por el presunto encubrimiento de su ex, condenado a cinco años de prisión y a la espera del recurso en el Supremo.
Por su parte, Oltra, según recoge Efe, dijo este jueves que no tiene aún este escrito, y rehusó hacer "disquisiciones sobre una nota de prensa". Durante una comparecencia ante los medios para presentar el anteproyecto de la ley de igualdad, apuntó que el pronunciamiento de la Fiscalía no le merece "ninguna opinión" porque, hasta el momento, no tiene "el papel".
"Un plan preestablecido"
El Ministerio Público indica que la vicepresidenta valenciana trazó, en dos fases, un "plan preestablecido para desacreditar a la víctima y desvirtuar su testimonio, negando su credibilidad". Durante la primera, ocultó "los hechos por parte de organismos" de la Consejería de Igualdad; durante la segunda, elaborando "un proceso de descalificación de la credibilidad de la menor", realizando "una investigación superficial" en la que se percibe "indiciariamente una línea de ocultamiento de los hechos".
"El beneficiario directo –continúa el texto– era Luis Eduardo, exmarido de Oltra, superior jerárquica de los funcionarios intervinientes y beneficiaria también, de esa manera de proceder, en cuanto le beneficiaba a su marido ocultando los abusos y a ella en cuanto era un medio idóneo para eludir las posibles responsabilidades políticas y/o penales".
Lo imposible
La fiscal, Teresa Gisbert, argumenta además que "es imposible que funcionarios de tan diversa naturaleza y categoría, desde técnicos en menores a psicólogos, jefes de servicio y directores de centro y territoriales mantuvieran unánimemente la misma versión de los hechos, lo que constituye un fuerte indicio del sentido de dicha orden verbal que evidencia su carácter de arbitraria e injusta, carente de toda justificación y apoyo en Derecho".
Gisbert concluye diciendo que "visto el desarrollo y contenido del expediente, a nivel indiciario, más bien parece que se incoó con objeto de liberar de responsabilidades" a la Generalidad Valenciana y a las personas y organismos que ejercían o intervenían en la tutela de la menor: "Curiosamente, el expediente se concluyó considerando la Instructora que el testimonio de la adolescente no era creíble".