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El Supremo absuelve a Telecinco de pagar a Álvarez Cascos

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha absuelto a Telecinco de pagar 36.000 euros al ex ministro Francisco Álvarez Cascos y su compañera María Porto, que habían demandado a la cadena de televisión por exhibir imágenes suyas, junto con los hijos del primero, en el programa "Crónicas Marcianas".

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, argumenta que "debe prevalecer la libertad de información y, en consecuencia, no puede apreciarse la existencia de una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen".

Álvarez Cascos y María Porto presentaron una demanda contra Javier Sardá, presentador del espacio, y Boris Izaguirre, colaborador, por haber emitido, el día 7 de enero de 2004, imágenes de la pareja y los hijos de Álvarez Cascos en Lanzarote.

La demanda consideraba que estas imágenes "afectan a la intimidad personal y familiar, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio". Los planos habían sido captados a distancia, de espaldas y siempre sin el consentimiento de los protagonistas, en estancias diferentes del hotel y situaciones carentes de interés público.

La sentencia señala que en este caso se llega a la conclusión de "que debe prevalecer la libertad de información y, en consecuencia, no puede apreciarse la existencia de una vulneración del derecho a la intimidad".

El Juzgado de Primera instancia nº 52 de Madrid dio la razón a los demandantes, sentencia que fue recurrida por los dos protagonistas de "Crónicas Marcianas" ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Esta, revocó en parte la sentencia pero obligó a cada uno de los demandantes a indemnizar a Álvarez Cascos y María Porto con la cantidad de 18.000 euros cada uno. Ambas partes recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo, que ha decidido desestimar la demanda contra Boris Izaguirre y Javier Sardá y declarar "sin valor ni efecto alguno" la sentencia recurrida.

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