LD (EFE) La CNE dispone de un plazo de un mes para elaborar su informe vinculante, aunque el reloj se para cada vez que el regulador energético solicita información adicional a las partes personadas en el expediente. Tal como se preveía, Enel y Acciona han esperado a que la CNE resolviera todos los expedientes abiertos por su entrada en el capital de Endesa.
En primer lugar, el regulador energético autorizó a Enel a elevar su participación en Endesa por encima del 10 por ciento. La eléctrica italiana controla directamente el 9,9 por ciento de Endesa y se ha asegurado el control de un 14,98 por ciento adicional mediante derivados financieros contratados con los bancos UBS y Mediobanca.
Según el Real Decreto-Ley 4/2006, aprobado el pasado mes de febrero, la CNE debe autorizar cualquier operación que implique la compra de más de un 10 por ciento del capital de una empresa con actividades reguladas o cualquier otro porcentaje que conceda "influencia significativa".
Por otro lado, el Consejo de Ministros dio permiso a Enel para ejercer plenamente sus derechos políticos en Endesa, pese a contar con participación del Estado italiano, con la única condición de que informe sobre los aspectos de su estrategia que afecten al suministro en España.
La Disposición Adicional 27 de la Ley de Acompañamiento para el año 2000, conocida como "Ley Rato", limita al 3 por ciento los derechos políticos de compañías extranjeras con capital público que tomen participaciones relevantes en empresas energéticas españolas, aunque el Gobierno puede levantar esas restricciones.
El tercer obstáculo que debía afrontar Enel, las limitaciones de voto ligadas al hecho de ser propietaria de Viesgo, quedó despejado al confirmarse que la eléctrica cántabra ya no se considera operador principal del sector eléctrico.
Según la legislación vigente, una empresa no puede ejercer derechos políticos por encima del 3 por ciento en más de una compañía considerada operador principal. Enel y Acciona deben solicitar también el permiso de las autoridades europeas de la competencia al tratarse de una operación de dimensión comunitaria.
En primer lugar, el regulador energético autorizó a Enel a elevar su participación en Endesa por encima del 10 por ciento. La eléctrica italiana controla directamente el 9,9 por ciento de Endesa y se ha asegurado el control de un 14,98 por ciento adicional mediante derivados financieros contratados con los bancos UBS y Mediobanca.
Según el Real Decreto-Ley 4/2006, aprobado el pasado mes de febrero, la CNE debe autorizar cualquier operación que implique la compra de más de un 10 por ciento del capital de una empresa con actividades reguladas o cualquier otro porcentaje que conceda "influencia significativa".
Por otro lado, el Consejo de Ministros dio permiso a Enel para ejercer plenamente sus derechos políticos en Endesa, pese a contar con participación del Estado italiano, con la única condición de que informe sobre los aspectos de su estrategia que afecten al suministro en España.
La Disposición Adicional 27 de la Ley de Acompañamiento para el año 2000, conocida como "Ley Rato", limita al 3 por ciento los derechos políticos de compañías extranjeras con capital público que tomen participaciones relevantes en empresas energéticas españolas, aunque el Gobierno puede levantar esas restricciones.
El tercer obstáculo que debía afrontar Enel, las limitaciones de voto ligadas al hecho de ser propietaria de Viesgo, quedó despejado al confirmarse que la eléctrica cántabra ya no se considera operador principal del sector eléctrico.
Según la legislación vigente, una empresa no puede ejercer derechos políticos por encima del 3 por ciento en más de una compañía considerada operador principal. Enel y Acciona deben solicitar también el permiso de las autoridades europeas de la competencia al tratarse de una operación de dimensión comunitaria.