LD (Europa Press) Se trata de una novedad para fomentar la solvencia de las entidades e incentivar las buenas prácticas en la concesión de los créditos para la adquisición de inmuebles.
Así lo establece la nueva regulación de Basilea II respecto a las operaciones consideradas de alto riesgo, entre las que también figuran las relativas a créditos que entran en morosidad o determinadas inversiones de capital riesgo.
Estos requerimientos mínimos de capital de las entidades en función de los riesgos de crédito, de mercado y de operaciones figuran en la circular sobre recursos propios que aprobó hoy el Banco de España y que supone el punto final del proceso de adaptación de la normativa española a Basilea II.
Desde el instituto emisor descartaron que esta novedad en cuanto a la cobertura de capital obligatoria para operaciones de alto riesgo que deberán incorporar las entidades tenga efectos sobre la evolución de la concesión de créditos en España.
Con la aprobación de esta normativa, el Banco de España cumple con los compromisos internacionales marcados por el acuerdo de Basilea II y refuerza los incentivos para mejorar los sistemas de medición, control y gestión de los riesgos a que está expuesta la actividad de las entidades de crédito.
En este sentido, desde el organismo regulador de los mercados recalcaron que la gestión del riesgo que lleva a cabo el sistema financiero español "es muy buena", pero que Basilea II puede contribuir a una mayor eficiencia de la banca española a través de su mejora.