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PARA RESOLVER CONFLICTOS

La Cámara de Comercio de Madrid apuesta por la formación en el arbitraje

La entidad cameral madrileña administra la cuarta parte de los 440 arbitrajes institucionales que se tramitaron en las 40 cortes de otras tantas Cámaras de Comercio que operan en España, por lo que se ha propuesto tomar la iniciativa en la formación de los árbitros.

(Libertad Digital)  “Casi la mitad (48%) de los 145 expedientes que tramitó la Corte de Arbitraje de Madrid el año pasado superaron el millón de euros de cuantía”, señaló Javier Cuadrado, secretario general de la Cámara de Comercio y de la Corte de Arbitraje de Madrid, durante la presentación de la primera jornada de formación específicamente dirigida a árbitros.

Cuadrado explicó que la Corte madrileña administró el año pasado el 25% de los 440 arbitrajes institucionales que se tramitaron en las 40 cortes de otras tantas Cámaras de Comercio que operan en España.

A esta jornada, que se celebró este lunes en la sede de la entidad cameral madrileña, acudieron más de 60 árbitros de toda España. En la misma se analizó exhaustivamente la tramitación del procedimiento arbitral básico de la Corte de Arbitraje de Madrid, el nombramiento del tribunal arbitral y, para los casos de cuantía inferior a 100.000 euros, del árbitro único.

El presidente de la Corte de Arbitraje de Madrid, Miguel Temboury, afirmó que esta iniciativa de formación “es pionera en España” y avanzó que “el objetivo es que la Corte de Madrid celebre, al menos, dos jornadas técnicas para árbitros al año, dado su papel de liderazgo en el mercado del arbitraje”.

Además, Temboury señaló que la Cámara de Comercio de Madrid prevé organizar sendas jornadas de formación sobre experiencia arbitral para abogados y para empresas, a fin de mantenerles permanentemente informados sobre las soluciones y experiencia arbitral que ofrece esta Corte, que desde el pasado 1 de enero se rige por un nuevo Reglamento que prevé permitirle competir con ventaja con las principales cortes internacionales de arbitraje.

Entre dichas ventajas competitivas, Javier Cuadrado anunció la puesta en marcha, a lo largo de este año, “de un sistema telemático de tramitación de procedimientos que permitirá tramitarlos de forma exclusivamente electrónica, de manera que los escritos entre las partes puedan intercambiarse en tiempo real y se reducirán significativamente los tiempos de tramitación puramente burocráticos”. Asimismo, el secretario general de la Cámara de Comercio de Madrid informó de que desde esta Corte “se pueden tramitar arbitrajes en idioma distinto al castellano”.

Javier Cuadrado concluyó que “con todas estas reformas, la Corte de Arbitraje de Madrid pretende seguir siendo el motor del arbitraje institucional en España, consolidando su posición de liderazgo en el mercado nacional y posicionándose competitivamente en el mercado internacional”.

En este último sentido, el secretario general de la Cámara de Comercio de Madrid destacó el hecho de ya el año pasado la cuarta parte de los casos que tramitó la Corte madrileña gestionó tenían carácter internacional y, por lo tanto, su objetivo es “desempeñar un papel protagonista en la solución de conflictos que puedan surgir entre empresas europeas e Iberoamericanas, así como con aquéllas de la región mediterránea”

Los siete pilares de la reforma

Miguel Temboury explicó que “la reforma del Reglamento se asienta en siete pilares: el protagonismo de las partes, la flexibilidad del procedimiento, una técnica depurada del procedimiento, eficiencia en la tramitación, la calidad de los laudos, el aprovechamiento y difusión de la experiencia de la Corte y la especial atención a las necesidades de las pymes”.

Temboury subrayó que el nuevo Reglamento confiere mucho más protagonismo a las partes, que pueden elegir sede para el arbitraje, los árbitros y la sede. Además, flexibiliza el procedimiento para que pueda ajustarse a la disputa a resolver, mediante la introducción de órdenes procesales que deberán dictar. Ello, junto con la regulación de un procedimiento abreviado para las disputas de menor cuantía inferior, supone la mayor brevedad y simplificación del procedimiento.

En el nuevo Reglamento de la Corte de Arbitraje de Madrid se introducen también numerosas mejoras técnicas en el procedimiento: acumulación, medidas cautelares, prima facie, práctica de la prueba, etc.

La Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid pretende la mayor calidad posible de los laudos y para ello prevé un trámite de control previo formal a los mismos.

Cuatro meses para los conflictos de menor cuantía

El nuevo estatuto que rige la Corte de Arbitraje de Madrid desde el pasado mes de enero permite a las empresas optar por un procedimiento abreviado para resolver los conflictos por cuantía inferior a 100.000 euros en un plazo de cuatro meses a partir de la contestación a la demanda, con la posibilidad de un mes de prórroga.

Este procedimiento es también aplicable a aquellos casos que implican una cuantía superior a este importe, siempre y cuando las dos partes pacten su conveniencia y salvo que concurran circunstancias de especial complejidad que, a juicio de la Corte, aconsejen seguir el trámite por el procedimiento ordinario. El presidente de la Corte de Arbitraje de Madrid señaló hoy que, “de hecho, varias empresas se han puesto ya de acuerdo” para acogerse a esta vía rápida que ofrece la Corte de Arbitraje de Madrid, aun cuando el importe de las demandas supera con creces los 100.000 euros”.

“Como regla general, los casos tramitados por procedimientos abreviados son resueltos por un árbitro único, para cuya elección se reducen consecuentemente los plazos”, explicó Miguel Temboury. Por el procedimiento abreviado, el árbitro tiene que dictar el laudo en cuatro meses, en lugar de los seis meses que ocupa la resolución de los procedimientos ordinarios. Este plazo se cuenta a partir de la presentación de la contestación a la demanda.

Además, por esta vía sólo cabe conceder una prórroga de un mes para el laudo, en lugar de los dos meses que estipula el trámite por el procedimiento ordinario.

El árbitro elegido para cualquier demanda que se presente por procedimiento celebra una vista única para practicar la prueba y presentar las conclusiones orales, mientras que por la vía ordinaria se celebran dos vistas.

Más de 140 árbitros de prestigio

La Corte de Arbitraje de Madrid se creó en 1989 por decisión de los empresarios madrileños a través de su Cámara de Comercio e Industria. Esta Corte proporciona a las empresas madrileñas un medio de resolución de conflictos flexible, rápido, seguro y eficaz que, tras casi 20 años de existencia, es hoy una referencia en el mundo arbitral. Es una corte moderna en Europa, habida cuenta que la más veterana es la Corte londinense (LCIA), fundada en 1892, mientras que CCI nació en 1919.

La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Madrid cuenta con más de 140 árbitros de prestigio, entre los que se encuentran los más destacados y reconocidos profesionales del mundo arbitral y jurídico. Para la designación de los árbitros en los distintos casos que le son sometidos, la Corte de Arbitraje analiza el asunto concreto y realiza un pormenorizado análisis de la formación, trayectoria y experiencia de cada uno de los árbitros, con la finalidad de garantizar la idoneidad de cada uno de estos profesionales para el litigio concreto, garantizando igualmente la imparcialidad.

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