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PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS MERCANTILES INTERNACIONALES

La nueva Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid, lista para competir con Londres y París

Salvador Santos Campano, presidente de la  Cámara de Comercio de Madrid, considera que “el nuevo Reglamento de la Corte de Arbitraje de Madrid se sitúa en la vanguardia del arbitraje nacional e internacional

LD (Agencias) “El nuevo Reglamento de la Corte de Arbitraje de Madrid se sitúa en la vanguardia del arbitraje nacional e internacional, lo que nos permitirá competir con ventaja con las Cortes de Arbitraje de Londres y París, especialmente en los casos en los que intervengan empresas con sede en Iberoamérica”, afirmó hoy el presidente de la  Cámara de Comercio de Madrid, Salvador Santos Campano, con motivo de la presentación del nuevo Estatuto y Reglamento que regirá en la Corte de Arbitraje de esta institución a partir del próximo 1 de enero.
 
El vicepresidente primero y portavoz de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, presidió el acto de presentación de la nueva reglamentación de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid, que se celebró en el Casino de Madrid. En él participaron también el secretario general de la Cámara de Comercio de Madrid, Javier Cuadrado, y el presidente de la Corte de Arbitraje de esta institución, Miguel Temboury.
 
“La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid es ya un referente en España, ya que este año ha tramitado 120 casos”, explicó Javier Cuadrado, que además subrayó la importancia del hecho de que “la cuarta parte de estos casos son de carácter internacional”, ya que ello “demuestra la competitividad de la Corte de Arbritraje de Madrid en el mercado internacional”. En España existen 40 cortes de otras tantas Cámaras de Comercio que en conjunto gestionan más de 440 arbitrajes al año.
 
El liderazgo de la economía madrileña y el efecto de llamada que tiene la capital han decidido a 3.500 multinacionales extranjeras, que han decidido establecer su sede en la región. Ello supone el 60% de las multinacionales que están presentes en España. Este hecho contribuye también a que Madrid concentre la mayor experiencia en laudos de carácter internacional.
 
“Ahora, la Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid amplía sus horizontes para atender los conflictos mercantiles en Europa, nuestro principal mercado exterior, pero también en el continente americano, donde mantenemos estrechos lazos comerciales”, explicó Salvador Santos Campano. El presidente de la Cámara de Comercio de Madrid recordó que, en la actualidad, más de 400 compañías españolas estén presentes en Iberoamérica. El capital español participa, además, en 2.300 empresas de la región.
 
El nuevo Reglamento de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid responde a los máximos estándares de calidad y se articula en base a las normas dictadas por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral), la Cámara de Comercio Internacional (CCI, con sede en París) y la Corte de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA).
 
Ahorro en costes y plazos de tramitación
 
Entre otras ventajas competitivas, el nuevo Reglamento permitirá reducir, como promedio, en un plazo inferior a un año la resolución de los casos de conflicto internacional. En concreto, se reduce a seis meses desde la contestación a la demanda. Las cortes de arbitraje más importantes del mundo tardan una media de tres años en resolver los casos. Además, la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid proporciona también la posibilidad de optar por un procedimiento abreviado para las disputas de menor cuantía (inferiores a 100.000 euros).
 
Además, acudir a Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid para resolver un conflicto internacional supone un ahorro considerable para las empresas. En comparación con CCI, los costes de tramitación y resolución de los expedientes se reducen por lo menos a la mitad, en función de la cuantía del arbitraje. En el nuevo Reglamento se regula como principio orientador la condena en costas en función del éxito y el fracaso de las respectivas pretensiones de las partes.
 
Las empresas podrán calcular los costes del arbitraje con anticipación, mediante una herramienta específica que se habilitará en la página web de la Corte (www.camaramadrid.es/cortearbitraje). Miguel Temboury explicó que también está previsto habilitar un sistema online que permitirá tramitar los expedientes de forma telemática, de manera que los escritos entre las partes puedan intercambiarse en tiempo real y con plena garantía de confidencialidad, reduciéndose así los tiempos de tramitación puramente burocráticos. Además, si así lo autorizan las partes, se prevé la publicación de los laudos, siempre bajo estricta confidencialidad de los datos identificativos de las partes.
 
Los seis pilares de la reforma
 
El presidente de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid explicó que “la reforma del Reglamento se asienta en seis pilares: el protagonismo de las partes, la flexibilidad del procedimiento, la calidad de los laudos, una técnica depurada del procedimiento, el aprovechamiento y difusión de la experiencia de la Corte y la especial atención a las necesidades de las pymes”.
 
Miguel Temboury subrayó que el nuevo Reglamento confiere mucho más protagonismo a las partes, que pueden elegir sede para el arbitraje, los árbitros y la sede. Además, flexibiliza el procedimiento para que pueda ajustarse a la disputa a resolver, mediante la introducción de órdenes procesales que deberán dictar. Ello, junto con la regulación de un procedimiento abreviado para las disputas de menor cuantía, supone la mayor brevedad y simplificación del procedimiento.
 
Se introducen también numerosas mejoras técnicas en el procedimiento: acumulación, medidas cautelares, prima facie, práctica de la prueba, etc.
 
La Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid pretende la mayor calidad posible de los laudos y para ello prevé un trámite de control previo formal a los mismos. Se prevé también la publicación de laudos de interés doctrinal, siempre bajo la confidencialidad del arbitraje y la autorización de las partes.
 
Este ambicioso proyecto de reforma de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid ha motivado ya el interés de la China Law Society, que recientemente envió una delegación de juristas chinos para reunirse con el secretario general de la Cámara, Javier Cuadrado, y Miguel Temboury. China Law Society es una organización que reúne a los abogados, magistrados y académicos de Derecho más relevantes del país asiático. Fue fundada en 1949 y cuenta con más de 110.000 miembros y 300 delegaciones provinciales.
 
La Corte de Arbitraje de Madrid se creó en 1989 por decisión de los empresarios madrileños a través de su Cámara de Comercio e Industria. Esta Corte proporciona a las empresas madrileñas un medio de resolución de conflictos flexible, rápido, seguro y eficaz que, tras casi 20 años de existencia, es hoy una referencia en el mundo arbitral. Es una corte moderna en Europa, habida cuenta que la más veterana es la Corte londinense (LCIA), fundada en 1892, mientras que CCI nació en 1919.
 
La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Madrid cuenta con más de 140 árbitros de prestigio, entre los que se encuentran los más destacados y reconocidos profesionales del mundo arbitral y jurídico. Para la designación de los árbitros en los distintos casos que le son sometidos, la Corte de Arbitraje analiza el asunto concreto y realiza un pormenorizado análisis de la formación, trayectoria y experiencia de cada uno de los árbitros, con la finalidad de garantizar la idoneidad de cada uno de estos profesionales para el litigio concreto, garantizando igualmente la imparcialidad. La lista de árbitros es pública y se encuentra a disposición de los interesados en su página web (www.camaramadrid.es/cortearbitraje).

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