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Los contribuyentes no obligados a declarar pueden solicitar la devolución rápida desde este lunes

El plazo estará abierto desde este lunes hasta el 31 de marzo, fecha en la que hacienda calcula que alrededor de 1,2 millones de contribuyentes no obligados a declarar pedirán la devolución rápida. La cifra es similar a la del pasado año. Los reembolsos a los beneficiarios comenzarán a mediados de marzo y concluirá el proceso a finales de mayo.

L D (EFE) Aunque no todo el que pide devolución rápida tiene derecho a percibir dinero, los contribuyentes no obligados a declarar están exentos de pagar aún en el caso de que de los cálculos efectuados resulte una cantidad a ingresar.

Los contribuyentes que pueden solicitar la devolución rápida de IRPF son quienes percibieron en 2003 rendimientos del trabajo no superiores a 22.000 euros anuales si procedían de un único pagador (o más pagadores siempre que la suma percibida del segundo y siguientes no excediera mil euros anuales) o siempre que no superen 8.000 euros anuales si tuvo dos o más pagadores.

El límite de 8.000 euros anuales también se aplica si el contribuyente percibió anualidades por alimentos (salvo las procedentes de los padres por decisión judicial), y cuando el pagador no esté obligado a retener. Tampoco tienen que declarar aunque pueden pedir devolución rápida quienes obtuvieron en 2003 rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta si no superaron conjuntamente 1.600 euros anuales.

Tampoco, quienes percibieron rendimientos de Letras del Tesoro o rentas imputadas de un único inmueble o subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado, con el límite conjunto de mil euros anuales.

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