(Libertad Digital) La eterna guerra administrativa por imponer restricciones a las grandes y medianas superficies por parte de las Comunidades Autónomas es uno de los grandes caballos de batalla de algunos políticos para favorecer, supuestamente, al pequeño comercio. El argumento que se vislumbra al fondo es la protección de la tienda de barrio que, generalmente, representa mejor los requisitos identitarios de los diferentes territorios españoles y ahuyenta los temores de los políticos –al mejor estilo del secretario de organización del PSOE, José Blanco– sobre el abastecimiento. Los tres grandes damnificados de esta política tienen nombre claro: la competencia y, por lo tanto, los precios, los consumidores y el empleo.
Aunque los argumentos utilizados pululan entre los anteriores, la estructura comercial española es más que equilibrada. Los hipermercados tienen una cuota de mercado del 23 por ciento, los grandes supermercados un 19 por ciento; los pequeños supemercados un 24 por ciento y el resto de comercios un 33 por ciento.
Pero el hecho es que, según informa el diario Expansión este jueves, las nuevas restricciones comienzan a pesar en las organizaciones de los supermercados. Resulta que en los últimos tiempos las comunidades están ampliando el foco de su regulación comercial más allá de las grandes superficies, a las que siete comunidades mantienen con moratorias de apertura. Ahora, el interés se centra en las superficies de más de 400 metros cuadrados –los tradicionales supermercados de ciudad, al estilo Mercadona, Caprabo, Sirena, Sánchez Romero etcétera– y las tiendas de descuento.
Dice la información que con la excusa antes esbozada de lograr “el equilibrio comercial” , los gobiernos regionales han ampliado el número de supermercados que deben solicitar licencia autonómica, además de la municipal, para abrir una tienda. Antes estos requisitos estaban destinados a superficies de más de 1.000 metros cuadrados. Con las últimas modificaciones el nivel ha descendido a entre los 400 metros cuadrados del País Vasco y Cataluña o los 500 de Canarias. En el caso de Cataluña, la licencia la tienen que solicitar –con cierto riesgo de ser denegada por capricho funcionarial– aquellos establecimientos que amplíen sus instalaciones por encima de los 800 metros cuadrados en poblaciones de 10.000 habitantes.