En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo conocida este lunes, el alto tribunal desestima el recurso interpuesto por Mario Conde al señalar que fueron correctos los parámetros que utilizó la Inspección Tributaria para valorar las acciones de Banesto, que se basaban en el precio medio del último trimestre del ejercicio, pese a la intervención por parte del Banco de España.
El banquero otorgó un valor menor al que daba Hacienda a las acciones de Banesto al entender que se tenía que tener en cuenta en todo caso el precio anterior a su suspensión, acordada después de que el Banco de España interviniera la entidad financiera el 28 de diciembre de 1993.
Conde "no puede sustituir a su antojo el criterio legal en atención a consideraciones, que pueden ser más o menos razonables", recrimina la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en la sentencia del 27 de mayo.
Además de rechazar que las actuaciones inspectoras estuvieran caducadas, el Supremo desestimó el argumento de Mario Conde de que la Inspección de Hacienda se excedió de sus funciones "por colaborar con la investigación penal que se estaba llevando a cabo por los órganos judiciales" y desarrollar actuaciones inspectoras "paralelas".
El Supremo sostuvo que Hacienda "sólo tuvo acceso a datos con trascendencia tributaria; y no consta -ni tampoco se afirma en la demanda- que los inspectores actuarios autorizados no respetaran el secreto de las diligencias sumariales, transmitieran la información obtenida en las investigación judicial a terceros no autorizados o, en fin, la utilizaran para otra cosa distinta que cumplir la función que les tiene encomendada la Ley: regularizar la situación tributaria del Sr. Conde".
"Nos vemos en la obligación de poner de relieve que nada dijo el actor sobre este particular durante el procedimiento administrativo; ni solicitó el recibimiento a prueba para demostrar lo que, como hemos dicho, no se vislumbra ni a simple vista ni después de un análisis riguroso de las actuaciones llevadas a cabo por la Inspección tributaria", añade el alto tribunal.
Mario Conde debe pagar al Fisco casi 475.000 euros
El Tribunal Supremo ha confirmado la obligación del ex banquero Mario Conde de regularizar su declaración del Impuesto sobre el Patrimonio del año 1993 y pagar una deuda tributaria de 474.243,51 euros.
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