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UGT de Andalucía se enfrenta a Griñán en los tribunales

La UGT de Andalucía ha llevado a los tribunales a la Junta de Andalucía a través de un recurso contencioso-administrativo por los recortes realizados por la administración y por los acuerdos de Concentración Social.

La UGT de Andalucía, por medio de su Federación de Servicios Públicos, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo por el Procedimiento Especial para la Protección de Derechos Fundamentales contra el Decreto-Ley 2/2010. de 28 de mayo de 2010, dictado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, por el cual se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público andaluz, modificando la ley 5/2009 de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.

Esto es, la UGT andaluza se enfrenta a José Antonio Griñán y lo acusa de incumplir expresamente los acuerdos de Concertación Social. Puede leer completos el Decreto del gobierno Griñán y el recurso de UGT. La viñeta es de JR Mora.

La UGT considera contrario a derecho y causa de lesión para los legítimos intereses de sus representados las medidas adoptadas por el gobierno Griñán. Y las lesiones las sitúa en los ámbitos siguientes:

- Derecho a la Negociación Colectiva previsto en el artículo 37 apartado 1 de la Constitución Española, entendido como la garantía de este derecho a los representantes de los trabajadores.

- Derecho de Libertad Sindical. previsto en el artículo 28 de nuestra Carta Magna~ en cuanto a la clara implicación que supone su vulneración cuando se lesiona el derecho a la negociación colectiva (Sentencia del Tribunal Constitucional 74/1996, de 30 de abril).

Según UGT, "con la entrada en vigor del decreto-ley 2/2010 se conculca el derecho a la negociación colectiva, la cual constituye el medio principal de acción y el instrumento esencial de participación de las organizaciones sindicales. Entendemos el derecho a la negociación colectiva como contenido esencial del derecho de libertad sindical y siguiendo lo dispuesto por Sentencias del Tribunal Constitucional (39/1986 y 85/2001) núcleo mínimo, indispensable e indisponible de la misma."

Igualmente, dice UGT que "con la aprobación del decreto-ley se incumplen todos y cada uno de los principios establecidos, negociados y acordados en el VII Acuerdo de Concertación Social, procediendo a recortar los derechos y las retribuciones de todos los funcionarios públicos."

Además, la UGT entiende que "la modificación llevada a cabo de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma a través de un decreto-ley incumple el artículo 110 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, máxime cuando se dispone en el mencionado artículo que los decretos-leyes no podrán afectar a los derechos establecidos en el Estatuto, entre otros el dialogo y la concertación social (art. 10, apartado 3, 200 ), garantizándose a los sindicatos y a las organizaciones empresariales el establecimiento de las condiciones necesarias para el desempeño de las funciones que la Constitución les reconoce (funciones que tienen su mínimo indispensable e indisponible en la negociación colectiva). Asimismo es el propio artículo 110 el que reconoce que no podrán aprobarse por decreto-ley los presupuestos de Andalucía, no siendo ajustado a derecho el dar validez a la modificación sustancial de la Ley de Presupuestos a través del decreto-ley."

Igualmente UGT acusa al gobierno de Griñán de incumplir lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Española que determina que los decretos-leyes no podrán afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo Primero, entre los que figura el derecho de libertad sindical (artículo 28), derecho que siguiendo 10 manifestado por el Tribunal Constitucional en Sentencia de 28 de junio de 1993 forma un conjunto indisoluble con el derecho a la negociación colectiva.

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