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Y ahora, qué: el calendario político tras el fracaso de Pedro Sánchez

Tras la investidura fallida de Pedro Sánchez, nos encontramos en un terreno inexplorado pero previsto en la Constitución.

Tras la investidura fallida de Pedro Sánchez, nos encontramos en un terreno inexplorado pero previsto en la Constitución.
EFE

El reloj ya se ha puesto en marcha. Lo hizo este miércoles, cuando el candidato socialista Pedro Sánchez se presentó a la sesión de investidura, que fue rechazada por 130 síes, 219 noes y una abstención. El secretario general del PSOE no consiguió superar la primera votación, donde necesitaba el apoyo de la mayoría absoluta de la Cámara (176 votos a favor). Pero tampoco la segunda: consiguió 219 votos en contra, 131 a favor.

Ahora hay dos meses para que algún candidato busque los apoyos para formar Gobierno antes de que se disuelvan las Cámaras y se convoquen otra vez elecciones.

¿Cuáles son los pasos más inmediatos? Estamos en una situación inédita en democracia. La Constitución dice en su artículo 99.4 que "si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores". El proceso se iniciará este lunes, fecha que Zarzuela ha confirmado que será la de la cita entre Patxi López y el Rey, en la que le comunicará oficialmente el resultado de la votación.

A partir de ahí el Rey tendrá que convocar una tercera ronda de consultas con los grupos políticos. Y hará una propuesta si surge un candidato con posibilidades de ser investido. Como en la anterior ocasión ocurrió con Sánchez.

Esta nueva ronda es previsible que se inicie en los próximos días y que don Felipe no espere a después de la Semana Santa, para no seguir consumiendo más tiempo del necesario.

El candidato propuesto por el Rey tendrá como fecha límite para someterse a una sesión de investidura el 30 de abril, en primera votación, y el 2 de mayo, en segunda. Es ese el día cuando concluye el plazo otorgado por la Constitución para convocar nuevas elecciones. Esta convocatoria se publicaría en el BOE el 3 de mayo y los comicios se celebrarían el 26 de junio.

Fechas clave a partir de ahora

30 de abril: último día para poder celebrar una primera sesión de investidura.

2 de mayo: en caso de no haber salido elegido presidente del Gobierno en primera votación, en esta fecha se produciría la segunda. Si el candidato en cuestión fracasa en esta ocasión también, se disolverían las Cortes.

3 de mayo: la convocatoria de elecciones se publica en el BOE. Tienen que pasar 54 días para que se celebren los comicios.

10 de junio: arrancaría de forma oficial la campaña electoral.

26 de junio: celebración de elecciones generales.

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