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Otro revés a la Audiencia de Navarra: el TS ve indicios de terrorismo en el 11M de Pamplona

Como ocurrió con la agresión a dos agentes de la Guardia Civil en Alsasua, reconoce la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el caso.

Como ocurrió con la agresión a dos agentes de la Guardia Civil en Alsasua, reconoce la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el caso.
Barricada con contenedores en Pamplona. 11M de 2017 | EFE

Los altercados del pasado 11-M en Pamplona son competencia de la Audiencia Nacional. La Sala II del Tribunal Supremo ha resuelto otorgar la competencia al Juzgado Central de Instrucción número 3. Carmen Lamela se encargará de la investigación de los incidentes violentos registrados en el casco antiguo por los que fueron detenidos tres jóvenes, al entender que indiciariamente los hechos podrían ser constitutivos de terrorismo.

De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, el Alto Tribunal resuelve la cuestión de competencia planteada con el Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona. El citado juzgado se inhibió en principio en favor de la Audiencia Nacional, pero posteriormente la Audiencia Provincial de Pamplona consideró que la competencia era del órgano territorial al entender que, si bien el delito investigado era grave, encajaría en los desórdenes públicos.

Alteración de la paz pública

El Supremo, que realiza este juicio a los solos efectos de determinar la competencia, indica que se han ejecutado los hechos "mediante conductas concertadas dirigidas a crear un estado de terror e inseguridad ciudadana, por lo que al menos de forma indiciaria nos encontramos ante hechos que pueden ser perfectamente subsumidos en el delito de terrorismo del artículo 573 del Código penal", en concurso con presuntos delitos de lesiones, daños, desórdenes públicos, incendio y atentado.

Los magistrados añaden que los altercados ocasionaron "una evidente alteración de la paz pública y pusieron en grave peligro la integridad de los funcionarios de policía y demás ciudadanos que en el aquel momento se encontraban en el lugar de los hechos, teniendo en cuenta que, al grito de "SORROKA DA BIDE BAKARRA" ("la lucha es el único camino"), "GORA ETA" ("Viva ETA"), "EUSKAL PRESOAK" ("Presos Vascos") y otras consignas del tipo lanzaron las piedras, petardos y cohetes que llevaban preparados".

Según el auto, "cruzaron y volcaron contenedores de vidrio y basura, llegando a quemar varios de ellos y lanzarlos contra la policía, intentaron quemar cajeros automáticos, causaron lesiones a varias personas y cuantiosos daños en el mobiliario urbano, viviendas y establecimientos comerciales".

En cuanto a la presunta participación de los tres detenidos, que llegaron a Pamplona desde Rentería (Guipúzcoa), el auto explica que concurrieron al lugar donde habría de celebrarse la manifestación, en el transcurso de la cual llevaron a cabo las acciones descritas, "en consonancia y colaboración con otra parte de los manifestantes, con los que compartieron consignas, modos de actuación y medios utilizados para crear el clima de terror".

Relato de los hechos

El auto de la juez Carmen Lamela describió los hechos ocurridos en la tarde del 11 de marzo de 2017 en el Casco Antiguo de Pamplona. Se produjo una "manifestación no autorizada" por el grupo autodenominado "Errepresioari Autodefensa" –contra la represión en la traducción al castellano–, publicitada en las redes sociales y foros afines al movimiento "con la finalidad de subvertir el orden constitucional y alterar la paz pública. Según la instructora, "durante la manifestación, un grupo que portaba sacos con piedras y material pirotécnico, así como capuchas para dificultar su identificación lanzó piedras contra la fuerza policial uniformada, así como botellas tras formar barricadas con contenedores volcados, resultando lesionados varios agentes y provocando diversos daños".

Continúa el relato de los hechos. "En el transcurso de los incidentes y tras arrastrar un contenedor de vidrio volcado hasta la céntrica plaza de Navarrería y arrojar por la calle del mismo nombre otro contenedor ardiendo, fueron detenidos Asier Petrirena, Bárcena Rubén Iglesias Baselga y Endika Etura Múgica". El primero se abalanzó sobre los agentes cuando intentaban detenerlo y los otros dos huyeron, siendo posteriormente detenidos.

Para la Audiencia de Navarra "no pueden considerarse los hechos, valorados indiciariamente como desórdenes públicos, como delito de terrorismo". La Sala razonó que, examinado el atestado policial y sus correspondientes diligencias ampliatorias, se aprecia que, si bien existe referencia a una actuación en grupo y organizada, sin embargo "no existe referencia alguna a que los hechos se hubieren desarrollado en el ámbito de la actuación de una organización o grupo criminal, no existiendo concreta referencia a ninguna organización o grupo de las características contempladas".

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