Menú

Tras un año sin Mari Luz, un nuevo error judicial permite la fuga de un narco

Nuevo error judicial en el tribunal que ha protagonizado el mayor escándalo judicial de los últimos años, el caso "Mari Luz". Esta vez  la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla no ha prorrogado la prisión de un detenido y condenado por narcotráfico, permitiendo de esta forma su fuga. 

LD (Pedro de Tena) La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, la misma que tardó casi tres años en confirmar la condena a Santiago del Valle, no prorrogó la prisión de un detenido y condenado por narcotráfico permitiendo su fuga  y el CGPJ ha abierto un expediente a la juez por falta muy grave.

El hombre se fugó aprovechando que se hallaba en libertad por un nuevo error judicial, al no haberse controlado el plazo de prisión preventiva. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya ha abierto un expediente a la magistrada de la Audiencia de Sevilla encargada del caso, a la que se atribuye en principio una falta muy grave de desatención.  Igualmente, la fiscalía de Sevilla ha reconocido que tampoco pidió que el narco ahora fugado continuara en prisión aunque tal petición, dice, no es indispensable para el caso.

Informa Diario de Sevilla que el reo fugado, Pedro Ramos Gómez, fue condenado junto a otros dos individuos como integrantes de una red a la que fueron intervenidos 30 kilos de heroína en una parcela situada en el término municipal de Coria del Río. El acusado llevaba en prisión preventiva desde el 16 de febrero de 2006 y la sentencia condenatoria fue dictada en octubre de 2007, pero presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo al no estar conforme con la pena impuesta.

Nuevo error, mismo juzgado

Los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla -la misma sala que tardó casi tres años en confirmar la condena al pederasta Santiago del Valle, presunto asesino de Mari Luz- no se percataron de que tenían que prorrogar la situación de prisión preventiva -que cumplía a los dos años- hasta que el Tribunal Supremo les remitió un oficio pidiendo información sobre la fecha de finalización de la prisión provisional. El tribunal ordenó entonces la libertad de Ramos, al que, no obstante, se le impuso la obligación de comparecer todos los lunes y viernes de cada semana.

La puesta en libertad se produjo después de que la Audiencia de Sevilla negara su liberación hasta en cinco ocasiones anteriores desde su arresto, y en esta ocasión la excarcelación tuvo lugar sin que lo solicitara su abogado y sin un pronunciamiento al respecto de la Fiscalía hispalense.

El reo cumplió con estas comparecencias hasta hace varias semanas, por lo que la Sección Séptima dictó el viernes 9 de enero una orden de busca y captura contra el narcotraficante. Mientras tanto, el Tribunal Supremo había confirmado íntegramente la condena, al rechazar hace varios meses el recurso que presentó el acusado. La salida de la cárcel del narcotraficante era obligatoria, al no haberse prorrogado la situación de prisión preventiva, que podría haberse mantenido hasta alcanzar un máximo de cinco años, es decir, a la mitad de la condena que le había impuesto la Audiencia de Sevilla.


La fiscalía de Sevilla, tampoco pidió que el narco siguiera en prisión

Un día después de que se conociera que un narcotraficante se ha fugado tras un nuevo error judicial en Sevilla, la Fiscalía hispalense admitió ayer que no controló ni solicitó la prórroga de la prisión preventiva del acusado, que tuvo que ser puesto en libertad el límite de dos años, cuenta el mismo diario. Fuentes del departamento que dirige María José Segarra, la fiscal jefe de Sevilla, reconocieron que en sus archivos no hay "constancia" de haber solicitado a la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla la prórroga de la prisión preventiva de Pedro Ramos Gómez. La Fiscalía hispalense quiso aclarar que la solicitud de la prórroga por parte del Ministerio Público "no era una condición indispensable" para haberla acordado, ya que el tribunal podía haberlo decidido sin contar con el informe del fiscal.

En cualquier caso, el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal recoge que, entre las funciones que competen a los fiscales, está la de "velar por que la función jurisdiccional se ejerza eficazmente conforme a las leyes y en los plazos y términos en ellas señalados, ejercitando, en su caso, las acciones, recursos y actuaciones pertinentes", así como la de proteger el cumplimiento de las resoluciones "que afectan al interés público y social".

El control de la Fiscalía de la petición de prorrogar la prisión correspondía a varios fiscales, de acuerdo con la distribución interna del trabajo, pero hasta la fecha no se ha iniciado una investigación interna para depurar una posible responsabilidad en lo ocurrido porque, según comentaron las mismas fuentes, la competencia para la determinación de responsabilidades corresponde a la Fiscalía General del Estado.

Expediente a una magistrada

El caso de este narcotraficante fue abordado por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que, en una reunión celebrada el pasado 18 de diciembre, acordó abrir un expediente disciplinario a la magistrada de la Sección Séptima Esperanza Jiménez Mantecón. La Comisión Disciplinaria entiende que su conducta puede constituir una falta "muy grave" de desatención, una sanción superior a la que se impuso en su día al juez Rafael Tirado por el retraso en la ejecutoria de Santiago del Valle.

El artículo 417.9 de la ley orgánica del Poder Judicial, por el que se ha abierto expediente a la magistrada, sanciona precisamente con la suspensión, el traslado forzoso e incluso la expulsión de la carrera judicial la comisión de faltas muy graves debido a "la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de los procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales". El CGPJ nombrará ahora a un instructor del expediente disciplinario abierto a la juez y, tras investigar lo ocurrido, emitirá una propuesta de sanción que deberá resolver la propia Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Augusto Méndez de Lugo, enmarcó este miércoles lo ocurrido en el ámbito exclusivamente jurisdiccional. "El juez es responsable de lo que es responsable y tendrá que responder de esa responsabilidad", precisó Méndez de Lugo, que recordó que si la Constitución encomienda a los jueces la función de "juzgar, dictar sentencias y hacer ejecutar lo juzgado", también corresponde a los jueces el control de las resoluciones y del cumplimiento de los trámites.

Nuevo fallo del sistema

El responsable del sector de Justicia del sindicato CSI-CSIF, Miguel Ángel Ramos, consideró que este error judicial "viene a confirmar que ha fallado nuevamente el sistema". El representante sindical precisó que, con absoluto respeto al expediente abierto por el CGPJ a la magistrada de la Audiencia Esperanza Jiménez, este error "es uno más de los que se van teniendo, aunque la consecuencia no es tan trágica como la muerte de una niña". El dirigente sindical señaló que este tipo de situaciones podrían "evitarse" con la implantación de un sistema informático que "emitiera un aviso cada vez que se acerca una fecha" destacada para la tramitación de un proceso judicial. 

Este expediente disciplinario por una falta muy grave de desatención a la magistrada Esperanza Jiménez, es una decisión que contrasta con la adoptada en el caso del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, a quien se ha considerado sólo como falta leve no haber prorrogado la prisión de dos narcotraficantes.

Temas

En España

    0
    comentarios