print
POR DECIR QUE FINANCIA A CIUDADANOS

Margarita Sáenz Díez, condenada por intromisión ilegítima al honor contra FAES

La redactora jefe de El Periódico de Cataluña, Margarita Sáenz Díez ha sido condenada por intromisión ilegítima al honor contra FAES por afirmar en el programa de TVE "59 segundos" que esta Fundación financia a Ciudadanos de Cataluña. Sáenz Díez ha sido condenada a pagar 6.000 euros a FAES y a la publicación del fallo judicial en dos periódicos de tirada nacional y otros dos de difusión en Cataluña.

Noticia publicada el 03-06-2008

(Libertad Digital) La titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid, María del Mar Crespo, ha fallado a favor de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES) y la demanda que ésta presentó contra la periodista Margarita Sáenz Díez.  
 
La sentencia, con fecha de 23 de mayo de 2008, es consecuencia de la demanda interpuesta por la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales contra Sáenz Díez ante la falsedad de sus declaraciones efectuadas en el programa de Televisión Española 59 segundos, el 1 de noviembre de 2006.
       
En sus fundamentos de derecho, la sentencia recoge textualmente cómo en el citado espacio, tras serle requerida a Sáenz Díez una aclaración sobre si “el mensaje que estaba transmitiendo es que ‘detrás de Ciudadanos de Cataluña está el Sr. Aznar y que Aznar está financiando a Ciudadanos’, manifiesta de forma tajante que ‘está FAES’”. En este sentido, para la juez, “no cabe negar que lo que dijo de forma expresa es que detrás de Ciudadanos de Cataluña está FAES y el mensaje transmitido durante la discusión entre los contertulios es que desde el punto de vista de la financiación detrás de Ciudadanos de Cataluña está FAES, es más, tras proponer un debate sobre la financiación de los partidos políticos y requerida (…) para que demuestre que detrás de ciudadanos de Cataluña está FAES, manifiesta: ‘…que en el debate ese que propongo vendré con ejemplos concretos’”, subraya la sentencia.
 
El auto considera asimismo que “la libertad de expresión en que se ampara la demandada para manifestarse en la forma en que lo hizo lesiona el derecho al honor, el buen nombre y el prestigio de FAES”.
 
La sentencia concluye que “la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales ha sufrido una intromisión ilegítima contra su honor como consecuencia de las manifestaciones vertidas por la demandada en el programa 59 segundos emitido por TVE y en su mérito condeno a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a hacerla pública en dos diarios de difusión nacional y otros dos de difusión en Cataluña y a indemnizar a la actora en la cantidad de seis mil euros. Con expresa condena de costas a la parte demandada”.


Noticias relacionadas            Enviar a: Agregar a MEN?AME Agregar a TECHNORATI Agregar a DEL.ICIO.US Agregar a YAHOO Agregar a GOOGLE


Hay 46 comentarios. Léalos aquí


NOTA: Los comentarios se añaden a una cola, y son revisados por personal de nuestra redacción a diario,
entre las 9:00 y las 23:00. Los que sean remitidos fuera de este horario, serán aprobados al día siguiente.
Libertad Digital se reserva el derecho a rechazar, extractar o editar los comentarios enviados por los lectores.
Libertad Digital no se responsabiliza de las opiniones vertidas por terceros en este medio, y no está
necesariamente de acuerdo con ellas al publicarlas. Este servicio está regulado tambiém por
nuestros términos y condiciones.
Email
Contraseña
Si no tiene cuenta de usuario, pinche aquí. Si tiene problemas con su contraseña, acuda aquí.

Enlaces patrocinados