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La Fiscalía pide al Supremo que aumente las condenas impuestas por el caso Atlético

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que aumente la condena de tres años y seis meses de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional al ex presidente del Atlético de Madrid Jesús Gil al estimar que también incurrió en un delito de falsedad contable cuando el club se transformó en sociedad anónima.

L D (EFE)  La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha escuchado los recursos interpuestos por las partes contra la sentencia de la Audiencia Nacional que el 14 de febrero de 2003 condenó a esa pena de cárcel a Gil por los delitos de apropiación indebida y estafa.

Ese tribunal también condenó al director general del club, Miguel Angel Gil, a un año y seis meses de cárcel por un delito de estafa; y a un año de cárcel como cooperador necesario de un delito de apropiación indebida al entonces vicepresidente y actual presidente, Enrique Cerezo.

Durante la vista celebrada en el Supremo, la representante del ministerio fiscal argumentaba que, según los hechos probados, tanto Gil como su hijo y Cerezo incurrieron en un delito de falsedad contable, del que fueron absueltos por la Audiencia Nacional, porque cuando se hicieron con el control del club llevaron a cabo un "maquillaje contable" para "intentar ocultar" su mala gestión. Asimismo, la fiscal solicita al Supremo que se incrementen las penas impuestas a Gil y a Cerezo por el delito de apropiación indebida al considerar que se debieron apreciar las agravantes de reconocida utilidad social, múltiples perjudicados y abuso de credibilidad empresarial, ya que, en concreto el primero, utilizó su "halo de éxito" para aprovecharse de la confianza de los socios.

Finalmente, pide el comiso de las acciones y su venta en subasta pública y que Promociones Futbolísticas -propiedad de Gil- restituya los 112 millones de pesetas que fueron aportados por los socios en el primer turno para adquirir acciones. Fuentes de la defensa han precisado que la fiscal desistió de su pretensión de solicitar la restitución por parte de Gil de 2.700 millones de pesetas al Atlético. El abogado de Gil, Horacio Oliva, impugnó en todos los puntos el recurso de la fiscalía y negó que las acciones de un club de fútbol puedan considerarse bienes de reconocida utilidad social, al tiempo que insistió en solicitar la absolución de su patrocinado. Ante la Sala, Oliva insistió en argumentar que el delito de apropiación indebida debió considerarse prescrito, ya que desde que se produjo éste, en 1992, y hasta que el fiscal presentó la querella por ello, en 1999, habían transcurrido más de cinco años.

También critica los autos aclaratorios de la sentencia que la Audiencia Nacional hizo público días después del fallo, hecho que según Oliva supone una violación del principio de no modificación de las sentencias. Por último, insiste en que cuando Gil se hizo cargo del club éste era una "ruina" y que la sentencia de la Audiencia estimó que no se pudo afirmar que persiguiera lucrarse económicamente. El letrado de Cerezo también hacía referencia a la prescripción del delito de apropiación indebida al tiempo que insistió en que no se ha probado que su defendido tuviera conocimiento ni voluntad de que con sus acciones estuviera colaborando en la comisión de ese delito.

En la defensa del recurso de Miguel Ángel Gil Marín, su abogado recordó que éste fue condenado por un delito de estafa en relación con unos contratos realizados en 1998 entre Promociones Futbolísticas y el Atlético para la cesión de los derechos de imagen de cuatro jugadores con el supuesto objeto de compensar la deuda de su padre con el club. En este sentido, señaló para que se dé el delito de estafa es necesario que se pueda perjudicar a una tercera persona distinta de los que intervinieron en el hecho, elemento que -matizó- no se produjo, ya que su defendido actuó en representación del club. Finalmente, insistió en recordar que tales contratos no supusieron un perjuicio para el Atlético y que la deuda de los 2.700 millones de pesetas era de carácter contable pero no económica.

Antes de que finalizara la vista también intervinieron los abogados de Inmobiliaria Alhambra, del Atlético de Madrid y de Promociones Futbolísticas, que se sumaron a los argumentos de la defensa.

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