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La UE pide protección para los menores víctimas de malos tratos que prestan declaración en un juicio

El Tribunal de Justicia de la UE ha afirmado este jueves en una sentencia que responde a una consulta italiana, que un órgano jurisdiccional nacional "debe poder autorizar que niños de corta edad que alegan haber sido víctimas de malos tratos presten declaración según unas formas adecuadas de protección". La sentencia nos recuerda a lo acontecido en Barcelona cuando, pese a los informes desfavorables de los psicólogos, cuatro niñas que habían denunciado haber sido víctimas de abusos sexuales por parte de su profesor de kárate fueron obligadas a declarar frente a su agresor sin ningún tipo de división.

El Tribunal de Justicia de la UE ha afirmado este jueves en una sentencia que responde a una consulta italiana, que un órgano jurisdiccional nacional "debe poder autorizar que niños de corta edad que alegan haber sido víctimas de malos tratos presten declaración según unas formas adecuadas de protección". La sentencia nos recuerda a lo acontecido en Barcelona cuando, pese a los informes desfavorables de los psicólogos, cuatro niñas que habían denunciado haber sido víctimas de abusos sexuales por parte de su profesor de kárate fueron obligadas a declarar frente a su agresor sin ningún tipo de división.
L D (Agencias) El Tribunal de Justicia de la UE explica en la sentencia que el testimonio debe hacerse, por ejemplo, "fuera de la audiencia pública y antes de la celebración de ésta". La resolución de la Corte, que responde a una consulta de un tribunal italiano, también hace hincapié en que las víctimas deben ser tratadas "con respeto a su dignidad personal" y, en el caso de niños de corta edad, "se les puede considerar vulnerables, a fin de hacerles disfrutar de una protección específica".
 
En Barcelona, el magistrado que preside la sala de la sección segunda de la Audiencia de la Ciudad Condal desestimó la petición de las acusaciones que solicitaban que las víctimas no tuvieran que volver a declarar ante un juez. Así, cuatro niñas de dos colegios de Barcelona fueron obligadas a declarar frente a su agresor, que había sido denunciado por abusos sexuales, sin ningún tipo de división.
 
Por esto, una de las niñas no se presentó a declarar por haber sufrido una crisis nerviosa. Según explicó al tribunal el padre de la menor, su hija sufrió una crisis nerviosa cuando se le comunicó que debía repetir ante la sala y frente al acusado lo que ya había declarado hacía dos años, informa Efe.
 
La consulta italiana
 
El caso planteado por Italia se produjo durante un proceso en el se acusaba a una profesora de parvulario de haber cometido "múltiples delitos de abuso de medidas disciplinarias respecto de algunos de sus alumnos, menores de cinco años en el momento en que ocurrieron los hechos". Entre estos hechos estaban haber pegado a los niños "a menudo, haberles amenazado con administrarles tranquilizantes y con taparles la boca con esparadrapo y haberles impedido ir a los aseos".

Frente a la demanda del Fiscal, que pidió que se tomara declaración a ocho niños, testigos y víctimas, "antes de la audiencia y en un centro especializado", de forma que se protegiera "su dignidad, intimidad y tranquilidad", la imputada pidió un testimonio público durante el juicio.

El tribunal encargado del caso pidió una consulta a la Corte de la UE, que ahora señala en su sentencia que los Estados miembros "garantizarán a la víctima la posibilidad de ser oída durante el proceso penal y tomarán las medidas necesarias para que sus autoridades sólo interroguen a la víctima en la medida necesaria para dicho proceso".
 
Del mismo modo, la sentencia explica que los Estados miembros "deben velar, cuando sea necesario proteger a las víctimas de las consecuencias de prestar declaración en audiencia pública, porque éstas puedan testificar en condiciones que permitan alcanzar ese objetivo".

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