Menú
PIEZA SEPARADA DEL CASO “BBV”

El juez archiva la causa contra Rodríguez Ponga al descartarse delito fiscal en la compra de Probursa

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska ha dictado el sobreseimiento libre de la pieza del "caso BBV" en la que se investigaba la compra del mexicano Grupo Financiero Probursa, al entender que no existe "indicio racional alguno" de la comisión del delito fiscal que se imputaba a los tres acusados que quedaban en la causa, entre los que se encontraba el ex secretario de Estado de Hacienda con el PP Estanislao Rodríguez-Ponga.

LD (Europa Press) El pasado mes de febrero el juez Baltasar Garzón archivó las actuaciones en esta causa respecto de Emilio Ybarra, Luis Javier Bastida y Juan Pedro Gil Vera, mientras que decidió continuar con la tramitación de las diligencias respecto de Pedro Luis Uriarte, Rodolfo Molinuevo y Estanislao Rodríguez-Ponga por un presunto delito fiscal "que se habría cometido en el seno del BBV como resultado de la manipulación del precio en la transmisión intragrupo el 4 de julio de 1995 de un concreto paquete de 182.559.050 acciones de la mercantil mexicana Grupo Financiero Probursa".
 
Sin embargo, el sustituto de Garzón, el magistrado Grande-Marlaska, explica en un auto de diez páginas hecho público este lunes que el delito fiscal imputado por la Fiscalía Anticorrupción no existe, pero, además, Uriarte, consejero delegado del BBV cuando se adquirió Probursa, sólo "dirigió las operaciones para la toma de control, sin que pueda concluirse indicación sobre el precio de transmisión de acciones cuya probidad se discutía".
 
En el caso del ex secretario de Estado de Hacienda con el PP, Estanislao Rodríguez-Ponga, Grande-Marlaska señala que no existe "documentación que refiera su participación directa en la fijación del precio de la transacción debatida", aunque tampoco es que ésta se considere "ilícita", precisa el magistrado.
 
"Nunca se alegó razón seria que justificara apartar del procedimiento a imputados que ocupaban puestos de mayor responsabilidad. Esta imputación corrobora la pretensión de fragmentar una operación económica que, como reiteradamente hemos afirmado, debe estudiarse y estudiarse en su conjunto", afirma el auto dictado este lunes. El "caso BBV" se dividió en varias piezas la primera de las cuales, la relativa a los fondos de pensiones de Alico, comenzará a juzgarse a partir del próximo 2 de noviembre.
 
En cuanto a Rodolfo Esteban Molinuevo, el juez afirma que la imputación contra él "se sustentaba en algo tan frágil como haber hecho llegar a responsables del Banco de España la valoración de dicha transacción". Los argumentos utilizados por Grande-Marlaska son totalmente contrarios de los esgrimidos por Garzón para sostener la acusación contra el ex secretario de Estado con el PP y los entonces consejero delegado del BBV y adjunto a la Dirección Financiera de la entidad.
 
Ningún delito
 
El actual juez Central de Instrucción número 5 niega la existencia del delito fiscal imputado explicando que la constitución de la Entidad Bancaria Internacional Puerto Rico por parte del BBV en 1994 debía entenderse como una operación dirigida a tomar el control del Grupo Financiero Probursa, en la que se garantizaba su saneamiento.
 
La EBI adquirió acciones en Probursa a través de sus filiales de Panamá y Luxemburgo, porque debía hacerse dentro de un país perteneciente al Tratado de Libre Comercio, hasta alcanzar el 22 por ciento de su capital social. En este sentido, el juez niega uno de los argumentos fiscales y recuerda que en los mercados inseguros, como el mexicano, dentro de los criterios de valoración de acciones el de cotización no es el más adecuado, admitiéndose el de actualización financiera de flujos de caja y el valor histórico contable.
 
El juez, que insistentemente recuerda que la operación le fue comunicada al Banco de España y que éste no puso ninguna objeción, también destaca que como operación de conjunto no se puede concluir que el “valor efectivo” de las acciones adquiridas en la ampliación del capital fuera de 20 centavos, porque esto implica obviar las inyecciones económicas que realizó el BBV.
 
Además, en opinión del magistrado, "cuesta entender que el BBV, habiendo amortizado el fondo de fluctuación de valores en unos pocos ejercicios, hubiere pretendido, dentro de esa operación dirigida a introducirse en el mercado bancario mexicano, fragmentar la misma en términos de traerse una base imponible negativa con fines defraudatorios, siempre inferior al 0,5 por ciento de sus beneficios".

En Libre Mercado

    0
    comentarios