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Aumenta hasta 300 euros la multa por no llevar el cinturón o hablar por el móvil mientras se conduce

El próximo día 10 de agosto entrará en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, que modifica al alza la calificación de una serie de infracciones y sus correspondientes sanciones. Los conductores que circulen sin cinturón u otros elementos de seguridad o hablen por teléfono móvil al volante podrán ser sancionados con multas de hasta 300 euros. La reforma prevé también la implantación, en el plazo máximo de un año, del carné de conducir por puntos.

El próximo día 10 de agosto entrará en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, que modifica al alza la calificación de una serie de infracciones y sus correspondientes sanciones. Los conductores que circulen sin cinturón u otros elementos de seguridad o hablen por teléfono móvil al volante podrán ser sancionados con multas de hasta 300 euros. La reforma prevé también la implantación, en el plazo máximo de un año, del carné de conducir por puntos.
L D (EFE) El cuadro general de infracciones queda modificado, elevando algunas leves a graves y otras graves a muy graves, en atención al "reproche social" que generan y la "peligrosidad" que conllevan, así como a su relación directa con la seguridad vial, destacó la DGT.
 
A partir del próximo día 10, serán consideradas infracciones graves, que conllevan multas de 91 a 300 euros, no utilizar el cinturón, el casco o los sistemas de retención infantil, además de conducir utilizando auriculares o dispositivos de telefonía móvil.

También pasan a considerarse infracciones graves conducir con el carné caducado, utilizando mecanismos de detección de radar y otros incompatibles con la atención al volante, o circular con un vehículo que no ha pasado la Inspección Técnica (ITV). Además, la ley traslada al conductor de una motocicleta o ciclomotor la responsabilidad si su pasajero no lleva puesto el casco.

Otras infracciones reclasificadas, que pasarán a ser muy graves, son circular con un vehículo sin el carné correspondiente, o que no esté matriculado o incumpla las condiciones técnicas, así como ir por autovías o autopistas con vehículos expresamente prohibidos para ello. También será muy grave, y conllevará multa de 301 a 600 euros, el incumplimiento por parte del titular de un vehículo de su obligación de identificar verazmente al conductor que haya cometido una infracción, caso de no ser él mismo.
 
El permiso de conducir se retirará por más tiempo
 
La reforma también establece que la suspensión temporal de los carnés de conducir será por un mínimo de un mes, cuando antes podía ser de sólo unos días. La suspensión se aplicará en todos los casos de infracciones muy graves. Además, aquel que quebrante la suspensión temporal será sancionado con un año sin carné, la primera vez, y con dos años en los sucesivos quebrantamientos. Otra novedad es que para aquel que conduzca sin ser titular del carné preceptivo, la sanción incluirá la imposibilidad de obtenerlo durante dos años.

La graduación de las sanciones, explicó la DGT, se realizará atendiendo a los antecedentes del infractor, su posible condición de reincidente y al peligro potencial creado para la seguridad vial. Cuando esté en vigor el nuevo carné por puntos, las infracciones graves o muy graves llevarán además aparejadas el descuento de créditos hasta la pérdida de la licencia, que será recuperable tras un plazo de espera y la superación de un curso de reciclaje.
La nueva normativa fija un plazo para pagar una multa con reducción del 30 por ciento en 30 días desde la notificación, lo que elimina la indeterminación anterior, cuando aquél expiraba una vez dictada resolución del expediente sancionador, destacó la Dirección General de Tráfico (DGT) en una nota de prensa.

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