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Absuelven a Giraudo y Agricola del delito de fraude deportivo por el caso de suministro de fármacos en la Juventus

El administrador delegado de la Juventus, Antonio Giraudo, y el jefe de los servicios médicos del club, Riccardo Agricola, han sido absueltos por el Tribunal de Apelación de Turín de la acusación de presunto fraude deportivo. El caso se refiere al supuesto mal uso y suministro de fármacos a los jugadores de la Vecchia Signora en el período 1994-98. Giraudo y Agricola también han sido absueltos del presunto uso de EPO.

L D (EFE) Giraudo tan sólo ha sido condenado al pago de 2.000 euros por violación de la ley de 1994 sobre seguridad en el trabajo. En una primera lectura de la sentencia, y a la espera de que se den a conocer en los próximo meses sus motivaciones, el Tribunal de Apelación, presidido por Gustavo Witzel, ha decidido que en el caso "no se podía aplicar la ley 401 de 1989 (fraude deportivo)" por el el uso de fármacos y que, por tanto, el hecho no estaba previsto en la ley como un delito.

La Fiscalía de Turín, por medio de su fiscal Raffaelle Guariniello, había solicitado para Giraudo una condena de 2 años de reclusión y para el doctor Riccardo Agricola treinta y ocho meses. En la primera sentencia, dictada el pasado 26 de noviembre, el juez Giuseppe Casalbore había determinado la absolución de Giraudo, mientras que el doctor Agricola recibió un castigo de un año y diez meses, motivo por el cual decidió apelar. El proceso estaba abierto desde hacía unos dos años por la magistratura turinesa, en relación a las investigaciones realizadas por la Fiscalía de Turín por un presunto uso abusivo de fármacos por parte del club turinés, a partir de unas declaraciones de Zeman sobre el "gran número de fármacos en los clubes de fútbol".

Una de estas investigaciones se centró en la Juventus ante la sospecha de que en ese club se hubiera practicado en el período 1994-98 un "dopaje enmascarado" mediante el uso de fármacos con un objetivo no terapéutico, sino con la intención de mejorar las prestaciones de los jugadores durante los partidos, gracias a los efectos secundarios de los productos. Durante el proceso, la Fiscalía solicitó el pasado 25 de octubre una condena de tres años y dos meses de cárcel para el doctor Riccardo Agricola y de dos años y un mes de cárcel para Antonio Giraudo, por el presunto suministro inapropiado de fármacos a los jugadores.

Los fiscales turineses, asimismo, solicitaron para Giraudo la suspensión de las funciones directivas por un periodo similar a la duración de la pena de reclusión. Para el doctor Agricola, por presunta violación de sus deberes como médico, también se pidieron dos años de inhabilitación profesional. Estas penas accesorias deberían ser aplicadas, no obstante, sólo tras una sentencia definitiva. En sus alegaciones, el fiscal turinés Guariniello, que estuvo ayudado por sus compañeros Gianfranco Colace y Sara Panelli, había señalado que "en el Juventus se produjo un uso poco escrupuloso de fármacos sin finalidades terapéuticas, más allá de las condiciones de seguridad".

Asimismo, según los fiscales se realizó una "utilización sistemática de EPO (eritropoietina) para diferenciar al Juventus de los otros equipos de fútbol, no pudiendo decir la defensa", advirtió, "que eso lo hacen todos". Ya el pasado 15 de octubre, durante una de las vistas del proceso, el fiscal Colace había señalado que existían "indicios graves y precisos" sobre el presunto suministro de EPO a jugadores de la Juventus. "El suministro ha sido de dos tipos: el crónico y el intensivo, hecho a (Antonio) Conte y a (Alessio) Tacchinardi para adelantar sus recuperaciones (de lesiones)", dijo entonces el fiscal Colace.

Ese día la fiscal Sara Panelli abrió su intervención subrayando las implicaciones por delito de fraude (ley 401 de 1989) de Giraudo y de Agricola. Por su parte, la defensa, representada por el abogado Luigi Chiappero, había calificado las peticiones de la Fiscalía de Turín de meros "teoremas" y solicitado la total absolución para sus representados Giraudo y Agricola.

En las motivaciones de la sentencia del juez Casalbore, dadas a conocer tres meses después, el magistrado estimaba que Riccardo Agricola utilizó todos los recursos posibles para obtener mejoras en las prestaciones de los jugadores, entre ellos el uso de la eritropoietina (EPO). Asimismo, el juez Casalbore consideró que el jefe de los servicios médicos no puedo haber realizado todo únicamente él. Pero también apuntó que la certeza de las pruebas contra el administrador delegado, Antonio Giraudo, no han sido constatadas.

Así, sobre la absolución de Antonio Giraudo, se indicaba que se debió al hecho de que las pruebas que contra él presentó la fiscalía no resultaban "completas y suficientes". Por lo que ante la falta de elementos directos que pudiesen, al menos, llevar a individualizar la forma utilizada para pagar la compra de la eritropoietina, no consideraba que se pueda afirmar con certeza la responsabilidad penal de Giraudo. En las motivaciones, asimismo, se descubrió que el director general del Juventus, Luciano Moggi, también había sido investigado por la fiscalía turinesa, pero su caso fue archivado en agosto del 2000. Las decisiones del juez Casalbore fueron apeladas por las Fiscalía y, en lo que atañe al doctor Agricola, por sus abogados defensores.

Ahora, la tercera sección del Tribunal de Apelación, presidida por Gustavo Witzel, ha absuelto a Giraudo y Agricola de la acusación de haber realizado un presunto fraude deportivo.

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