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REFORMA DE LA LEY DEL MENOR

El CGPJ aboga por elevar las penas máximas para los menores delincuentes

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este miércoles un informe elaborado por el vocal de la mayoría conservadora Adolfo Prego que avala la reforma que plantea el Gobierno de la Ley del Menor para aumentar los límites máximos de duración de las medidas de internamiento a los menores delincuentes.

L D (EFE) El dictamen salió adelante con 12 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, según el portavoz del CGPJ, Enrique López. En la votación se abstuvieron los vocales elegidos a propuesta del PSOE Juan Carlos Campo y Javier Martínez Lázaro, mientras que votaron en contra Fernando Salinas (PSOE), Monserrat Comas (PSOE), Félix Pantoja (IU) y Alfons López Tena (CiU), quienes emitieron un voto particular al estimar que "se ve comprometido el interés del menor". No estuvo presente en la sesión plenaria Adolfo Prego, ponente del informe, y votaron a favor, junto con los vocales de la mayoría, Agustín Azparren (independiente) y los nombrados a propuesta del PSOE Luis Aguiar y María Angeles García.

El estudio señala que en la reforma se aprecia "una adecuación de la respuesta jurídica a la delincuencia de menores en sintonía con las demandas sociales de mayor eficacia disuasoria y preventiva". La reforma prevé penas de hasta 6 años de internamiento para jóvenes que cometan delitos graves dentro de bandas organizadas y permitirá que los jueces puedan decretar internamiento para delitos como el tráfico de drogas o la tenencia ilícita de armas, propios de las bandas juveniles.

En el caso de que los autores de delitos integrantes de bandas tengan entre 14 y 16 años, la nueva ley establecerá una pena máxima de tres años -bien en régimen cerrado o no-, mientras que si el delincuente tiene entre 16 y 18 años la pena podrá llegar a los seis años, obligatoriamente en régimen cerrado si los delitos son de extrema gravedad. Prego señala que el aumento de la duración de las medidas de internamiento "no plantea ningún problema especial en cuanto a su validez constitucional", pero recomienda que la Ley se refiera por una parte a los menores de 14 y 15 años y por otra a los que tuvieran 16 y 17 en el momento de la comisión de los hechos.

La reforma incluye medidas para combatir el acoso escolar, como la posibilidad de imponer el alejamiento del agresor de sus víctimas. El informe recuerda que la iniciativa legislativa también se vincula a las experiencias acumuladas en los cinco años de vigencia de la Ley, de los que "hace un balance positivo", que "no empece a que se tome nota de algunas disfunciones atendiendo particularmente al incremento estadístico de la delincuencia cometida por menores".

En el voto particular los vocales discrepantes explican que el informe no alude al "modelo de política criminal" que subyace en la reforma, que "se sustenta en un incremento de los principios punitivos (..) en detrimento de las medidas de reinserción social" y aseguran que no ha aumentado el número de delitos cometidos por menores. "La modificación legal no trata el sistema de ejecución de medidas, donde se encuentra el principal, y quizás único, problema de la Ley, esencialmente en la necesidad de dotar de los recursos económicos y sociales necesarios a las infraestructuras de ejecución de medidas, así como regular adecuadamente la gestión de los centros de internamiento", concluyen.

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