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Los cuatro votos particulares sostienen que la OPA no perjudica y rechazan la suspensión

Los cuatro votos particulares incluidos en el auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sostienen que la decisión del Gobierno de autorizar con condiciones la OPA de Gas Natural sobre Endesa no perjudica "irremisiblemente" a la competencia, por lo que rechazan la suspensión cautelar decidida.

LD (EFE) Los cuatro votos particulares están firmados por catorce magistrados (de los treinta y dos que integran la Sala), entre ellos el presidente, Ramón Trillo. El voto particular de Trillo, que actuó en principio como ponente en este caso, indica que la protección de la competencia "no se ve irremisiblemente afectada" por la autorización. En su opinión, "no hay peligro real" de que una sentencia favorable a las tesis de Endesa "carezca de efectividad".

El pasado 21 de abril, el Supremo anunció su decisión de suspender de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autorizó la operación, aunque el Alto Tribunal aún debe pronunciarse sobre el fondo del recurso presentado por Endesa.
 
En su voto particular, Trillo asegura que los daños alegados por los recurrentes "son meramente conjeturados y carecen de bases sólidas" o, en todo caso, derivan de acontecimientos posteriores a la propia autorización del Gobierno que son, a su juicio, "hipotéticos y futuros". Las tesis del presidente de la Sala son respaldadas en otros dos votos particulares, uno formulado por Fernando Ledesma y otro por once magistrados.
 
El cuarto voto particular, firmado por Manuel Vicente Garzón , admite que la OPA puede tener efectos negativos en la libre competencia, pero subraya que el punto de partida, la situación actual, "es todo menos competitiva". Este magistrado considera un "sarcasmo" que pueda apelar a la defensa de la competencia "quien disfruta, y pretende seguir haciéndolo, de un mercado actual en el que la libre competencia brilla por su ausencia".

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