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CUANDO EL GUARDIA CIVIL LLEGÓ NO HABÍA NADIE AL VOLANTE

Absuelven a un hombre que no hizo la prueba del alcohol porque el agente encontró el asiento del conductor vacío

Un juzgado de Sevilla ha absuelto a un hombre por negarse a hacer la prueba de alcoholemia, ya que, cuando la Guardia Civil llegó a la altura del automóvil al que había dado el alto, vieron que el asiento del piloto estaba vacío y no pudieron demostrar cuál de los dos ocupantes del vehículo conducía. El hombre reconoció desde el primer momento que había consumido alcohol pero negó ser el conductor del vehículo, y en cuanto a la otra persona –que se dio a la fuga– declaró que acababa de conocerlo tomando copas en un bar.

L D (Agencias) El hecho ocurrió a las 02:25 horas del 25 de julio de 2004 en la ronda de circunvalación SE-30 de Sevilla, cuando un control de la Guardia Civil detuvo a un vehículo pero, al llegar los agentes a su altura, comprobaron que uno de los ocupantes estaba en el asiento del copiloto y otro en el asiento trasero, informa Efe.

Los agentes ordenaron bajarse a J.M.G.P., ocupante del asiento del copiloto, y para quien el fiscal pedía un año de cárcel, que se negó a realizar la prueba de alcoholemia. En ese momento, la persona que había quedado en el asiento trasero puso en marcha el vehículo y huyó del lugar, por lo que resultó imposible su identificación, según explicó el abogado de la defensa, Juan Diego Asencio.

La Fiscalía de Sevilla consideró demostrado que J.M.G.P. era el conductor y le imputó delitos contra la seguridad del tráfico y de desobediencia, con una pena aparejada de además un año de cárcel, tres años de retirada del permiso de conducir y multa de 1.080 euros. No obstante, la sentencia del juzgado penal 2, explica que "concurren serias dudas sobre la autoría del acusado", por lo que no puede ser condenado por un delito de desobediencia a la autoridad, en el que "sólo puede incurrir quien, teniendo la condición de conductor, se niega a someterse a las oportunas pruebas de alcoholemia".

A pesar de los signos externos claros

En cuanto al delito contra la seguridad del tráfico, dice el juez que tampoco se le puede imputar pese a los "signos externos claros" de borrachera que presentaba, tales como "halitosis, habla pastosa, comportamiento arrogante, pupilas dilatadas y expresión verbal con incoherencias".

Según el abogado defensor, su cliente reconoció desde el primer momento que había consumido alcohol pero negó ser el conductor del vehículo, y en cuanto a la persona que se dio a la fuga declaró que acababa de conocerlo tomando copas en un bar.

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