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REVELA UN "DESPRECIO A LA VIDA E INTEGRIDAD DE LOS VIADANTES"

Un juez rechaza sustituir el ingreso en prisión de Farruquito por una multa porque "quebró las normas de solidaridad humana"

La juez de Sevilla que enjuició el atropello mortal cometido por el bailaor Farruquito, ha rechazado sustituir los tres años de cárcel por multa o trabajos comunitarios, ya que el procesado "cometió un delito grave y quebró las elementales normas de solidaridad humana al darse a la fuga". Cometió unos hechos que revelan su "desprecio por las normas" y el consiguiente "desprecio a la vida e integridad de los viandantes". Según la magistrada, esta sustitución es un recurso "excepcional" no aplicable a este caso. Así pues, concederle la suspensión de prisión "quebraría el respeto de las normas y la importante función de prevención general que cumplen las penas". Fuentes judiciales indicaron que el ingreso en la cácel no será inminente, pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia.

La juez de Sevilla que enjuició el atropello mortal cometido por el bailaor Farruquito, ha rechazado sustituir los tres años de cárcel por multa o trabajos comunitarios, ya que el procesado "cometió un delito grave y quebró las elementales normas de solidaridad humana al darse a la fuga". Cometió unos hechos que revelan su "desprecio por las normas" y el consiguiente "desprecio a la vida e integridad de los viandantes". Según la magistrada, esta sustitución es un recurso "excepcional" no aplicable a este caso. Así pues, concederle la suspensión de prisión "quebraría el respeto de las normas y la importante función de prevención general que cumplen las penas". Fuentes judiciales indicaron que el ingreso en la cácel no será inminente, pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia.
L D (EFE) Así, dice que Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, "quebró las elementales normas de solidaridad humana cuando se dio a la fuga y por último involucró a su hermano menor para eludir la responsabilidad de su proceder", añade el auto en referencia a los seis meses durante los cuales el artista mantuvo ante la Policía que su hermano de 16 años había sido el autor del atropello.

Junto a ello, la juez cree que concederle la suspensión del ingreso en la cárcel "quebraría el respeto de las normas y se quebraría además la importante función de prevención general que cumplen las penas". Fuentes judiciales indicaron que el ingreso en prisión de Farruquito no será inminente, pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia este último auto judicial.

El juzgado penal, en otro auto notificado a las partes, pide al fiscal y a la acusación particular que se pronuncien sobre la suspensión del ingreso en prisión del otro condenado, el empresario marbellí O.A.B.P., dado que su abogado ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la parte de la sentencia que le afecta.

El abogado del empresario entiende que su cliente sufrió indefensión y se vulneró su derecho a la presunción de inocencia al ser condenado a un año de cárcel como encubridor del atropello cometido por Farruquito, pues la sentencia se basó solo en "sospechas" e "indicios" sobre su "considerable amistad" con el bailaor.

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla condenó el pasado 5 de septiembre a Farruquito a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico, y a un año más por omisión del deber de socorro. El bailaor tendrá que pagar además dos multas de 36.500 euros, una por la omisión del deber de socorro y otra como autor de un delito de simulación de delito.

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