Menú

El juez considera que la violencia de Puig en el asalto a la piscina de Pedro J. no es suficiente para ser delito

Un juez del Supremo considera que la violencia empleada por el independentista catalán Joan Puig en el asalto a la piscina del director de El Mundo no es suficiente como para considerarla delito. Sí entiende que este diputado de ERC tendrá que someterse a juicio por una falta de coacciones al apreciar "una acción antijurídica de contenido penal". Pedro J. Ramírez, en La Mañana de la COPE, ha señalado que para él lo verdaderamente escandaloso es que el Ministerio Público "trata siempre mucho mejor a los agresores que a los agredidos" porque la Fiscalía quiso archivar el caso. Ha lamentado, además, que el instructor haya obviado que el asaltado es el director de un periódico crítico con este partido independentista, por lo que el objetivo era claramente intimidatorio y restrictivo de la libertad de expresión.

Un juez del Supremo considera que la violencia empleada por el independentista catalán Joan Puig en el asalto a la piscina del director de El Mundo no es suficiente como para considerarla delito. Sí entiende que este diputado de ERC tendrá que someterse a juicio por una falta de coacciones al apreciar "una acción antijurídica de contenido penal". Pedro J. Ramírez, en La Mañana de la COPE, ha señalado que para él lo verdaderamente escandaloso es que el Ministerio Público "trata siempre mucho mejor a los agresores que a los agredidos" porque la Fiscalía quiso archivar el caso. Ha lamentado, además, que el instructor haya obviado que el asaltado es el director de un periódico crítico con este partido independentista, por lo que el objetivo era claramente intimidatorio y restrictivo de la libertad de expresión.
(Libertad Digital) Una resolución del magistrado de la Sala Penal del Supremo Joaquín Giménez establece que el diputado de ERC Joan Puig participó en el verano de 2005, con el carné de diputado en la boca, en el asalto violento a la piscina de la vivienda en Mallorca del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez, por lo que tendrá que someterse a juicio por una falta de coacciones al haber apreciado que incurrió "en una acción antijurídica de contenido penal".
 
El instructor –sin atender la petición de archivo planteada por el fiscal Luis Navajas y por Puig– ha apreciado que el diputado independentista incurrió en esta falta pese a conocer que "el uso público de la misma no estaba autorizado", pero considera que el hecho no presenta una intensidad suficiente para ser considerado delito. Con ello, ordena que las actuaciones sean remitidas al Juzgado de Instrucción competente de Baleares "a fin de que se celebre el oportuno juicio".
 
Puig mintió
 
El independentista catalán dijo hasta tres veces que no sabía que el derecho de paso y el uso público de la piscina estaban suspendidos, aunque la resolución del magistrado pone en evidencia esta falsedad: "Debe excluirse toda pretensión de alegar error o ignorancia por parte del querellado respecto de la suspensión acordada por la autoridad competente", además de transcribir las preguntas parlamentarias de Puig sobre esta orden ministerial y las declaraciones a la prensa antes de la invasión.
 
Además, según informa El Mundo este martes, la resolución del instructor desautoriza al representante de la Fiscalía, Luis Navajas, que en diciembre pasado presentó un escrito en el que propugnaba el archivo del proceso. Sin argumentos, Navajas recomendaba el sobreseimiento "al no haberse acreditado los hechos sobre los que se sustentaba la querella".
 
"Mejor a los agresores"
 
Por esto, Pedro J. Ramírez, en La Mañana de la COPE, ha señalado que para él lo verdaderamente escandaloso, al margen de que el magistrado haya llegado a una conclusión distinta de la de los cinco jueces del Supremo que sí observaron indicios de delito, es que el Ministerio Público "trata siempre mucho mejor a los agresores que a los agredidos".
 
De esta manera, el director de El Mundo ha responsabilizado directamente al fiscal general del Estado, Cándido Conde Pumpido. Además, ha lamentado que el instructor haya obviado que el asaltado es el director de un periódico crítico con este partido independentista, socio del Gobierno central y cuyos apoyos son necesarios en el Congreso, por lo que el objetivo del asalto –insiste: carné de diputado en boca– era claramente intimidatorio y restrictivo de la libertad de expresión.
 
En esta línea, Pedro J. ha explicado en la COPE que sigue creyendo en la Justicia y en los jueces, pero que no le sorprende, puesto que cada juez tiene sus ideas, y la de este magistrado "las conocemos desde que se pronunció sobre la Ley de Memoria Histórica y con la petición de libertad para el etarra De Juana Chaos". El director de periódico ha dejado claro que presentarán recurso y entonces tendrán que ser cinco jueces los que decidan.
 
Hechos probados
 
El juez Joaquín Giménez califica de "actividad invasiva" el asalto de Puig y miembros del Lobby per la Independencia el 13 de agosto de 2005, al recinto de la piscina donde está el domicilio del director de El Mundo, se enfrentaron al personal de seguridad de manera agresiva y se bañaron en la piscina, que a pesar de encontrarse en zona de dominio público marítimo-terrestre, su uso público se encuentra legalmente suspendido por una orden del Ministerio de Medio Ambiente.

El instructor del Supremo conviene que la acción "supuso una inquietud y tensión para los querellantes que se encontraban en el chalé que no tenían por qué padecer de forma gratuita", pero considera que tan sólo hubo una falta por parte de Joan Puig en atención a la "escasa intensidad de la fuerza compulsiva" empleada por él y la "escasa duración" del asalto.

Temas

En España

    0
    comentarios