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Hacienda envía 140.000 borradores de la Renta erróneos, con resultado favorable al contribuyente

La Agencia Tributaria ha enviado un total de 140.000 borradores del IRPF erróneos, que dan un resultado favorable para el contribuyente debido al cálculo realizado por Hacienda sobre la deducción de los 400 euros, según informaron fuentes del Fisco.

LD (Europa Press) Las mismas fuentes indicaron que el error se debe a la equivocación de una de las variables que usa la Agencia Tributaria para realizar el cálculo de la deducción de los 400 euros, introducida este año por primera vez.


Así, los contribuyentes que no recibieran el pasado año esta deducción a través de sus nóminas --200 euros en junio y los otros 200 prorrateados entre julio y diciembre--, deben practicarse la misma en la declaración de la renta que se realice este año.

Declaración alternativa

Fuentes de la Agencia Tributaria indicaron que de estos 140.000 borradores erróneos, 2.600 han sido ya confirmados por los contribuyentes, por lo que el organismo se va a poner en contacto con ellos para explicarles lo sucedido y enviarles una liquidación alternativa con el resultado a devolver o ingresar correcto.

Una vez detectado el error y corregida la incidencia, el resto de los borradores erróneos no pueden ser ya confirmados, con lo que los contribuyentes deben modificarlos para posteriormente poder confirmarlos y dar así por presentada su declaración.

El porcentaje de borradores erróneos apenas suponen el 2,5% del total de los enviados por la Agencia Tributaria, que alcanzan los casi 5 millones. Los borradores se puede confirmar desde el pasado 1 de abril y las primeras devoluciones comenzarán el 16 de este mismo mes.

Revisar el borrador antes de confirmarlo

Este año, como novedad, y precisamente para evitar la confirmación de borradores que adolecen de datos con relevancia fiscal o contienen errores como ha sucedido otros años, la Agencia Tributaria ha incluido en las cartas que acompañan al borrador algunas de las circunstancias que pueden no recogerse en el mismo para que el contribuyente las tenga en cuenta a la hora de modificarlo.

Las que pueden ser más habituales son cuotas sindicales, circunstancias personales y familiares que hayan cambiado y temas relacionados con la vivienda, como la referencia catastral, la adquisición, el alquiler o la cuenta ahorro vivienda.

Por ello, la Agencia Tributaria recalca que es preciso revisar el borrador puesto que puede contener errores u omisiones que pueden dar lugar a un resultado diferente.

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